Reformas a la justicia militar facilitan violaciones a los derechos humanos, alerta de la Peña Gómez


La senadora Angélica de la Peña advirtió que las reformas al Código de Justicia Militar y la expedicióndel Código Militar de Procedimientos Penales aprobados por el Senado de la República empoderan tramposamente al Ejército Mexicano y facilitan posibles violaciones a los derechos humanos de las y los mexicanos en general.

Por lo anterior, propuso ante la Comisión Permanente que el Ejecutivo Federal devuelva el decreto al Congreso de la Unión a fin de considerar las observaciones realizadas al mismo por el Representante Adjunto de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) y las contenidas en el Diario de los Debates de ambas Cámaras.

En tribuna apuntó que los ordenamientos aprobados, de madrugada, sin un análisis puntual  y sin los consensos necesarios, mantienen la figura del fuero militar, lo que implica que existe una incompatibilidad del fuero militar en México con las normas del derecho internacional de los derechos humanos advertida desde la década de los noventa por el Relator contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, quien expresó su preocupación por el hecho de que “el personal militar parece gozar de inmunidad frente a la justicia civil”.

Al respecto, diversos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos han hecho señalamientos al Estado mexicano para reformar la legislación con el objeto de limitar el fuero militar, como el Comité contra la Tortura yel Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, quienes han señalado que se debe modificar el Código de Justicia Militar con el fin de que dicho fuero aplique únicamente sobre los delitos de funcione militares y que se elimine la jurisdicción castrense en cuanto a delitos cometidos por militares contra civiles.

Recordó que estas recomendaciones realizadas al Estado mexicano encontraron eco en las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Rosendo Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo y Ecologistas Presos, todas contra México, en las que establece el alcance restrictivo y excepcional que debe tener la jurisdicción penal militar y su aplicación al caso concreto.

De la Peña Gómez resaltó que resultaron una falacia los argumentos que se vertieron en la discusión y aprobación de estos ordenamientos, puesto que el discurso oficialista de los legisladores afines al partido en el poder se centró en que con la reforma únicamente se armonizaban las disposiciones militares con el nuevo esquema penal que el legislativo emitió, puesto que dentro del mismo no se disponía mayores facultades al ejército, y menos aún, facultades tan arbitrarias como la de los cateos en inmuebles civiles o federales.

No necesita la justicia militar de una reforma como la que se aprobó, todo lo contrario, lo que se necesita es una legislación que acote el ilimitado poder de las fuerzas castrenses, pues ha sido evidenciado por todas y todos nosotros que cada día se presentan más y más casos de violaciones a los derechos humanos cometidas por elementos del ejército y de la marina mexicana.

Al respecto, el Representante Adjunto de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), envió al Senado de la República una serie de observaciones al proyecto en comento, mismas que no fueron tomadas en cuenta, donde señala que es necesario establecer criterios claros en: a) la jurisdicción militar en casos donde se afecten o pudieran afectarse a civiles, donde se excluya que los mismos puedan llevar a cabo investigaciones o procesamiento; b) la colaboración con autoridades civiles cuando de una misma actividad delictiva se desprendan delitos de competencia militar y del fuero común o federal; c) el traslado al fuero civil y federal en los casos en los que no se detecten delitos del fuero militar; d) la participación de personas testigos o expertas civiles en procedimientos militares; e) precisar los derechos y la participación de las víctimas y ofendidos del delito, y f) que las disposiciones del Decreto sean más acordes al Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Tomando en cuenta de que no se puede promulgar un decreto que fomentará violaciones a derechos humanos, es necesario que el Ejecutivo ejerza su facultad prevista en el Apartado C del artículo 72 constitucional y regrese a las Cámaras el proyecto en cuestión, donde se retomen las observaciones realizadas al Senado de la República por el Representante Adjunto del Alto Comisionado de la ONU-DH y las contenidas en el Diario de los Debates de ambas Cámaras”, concluyó la senadora Angélica de la Peña.

La proposición con punto de acuerdo fue turnado a la Primera Comisión.

http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=cp&mn=4&id=62900

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