Lo que el amor une, la Constitución lo protege / El Universal


Ni matrimonio gay, ni matrimonio igualitario, simplemente la unión mediante contrato civil entre dos personas que así lo decidan, y así deberá reconocerse en todo el país sin importar su orientación sexual o genérica. La ley reconoce en la ciudadanía derechos y responsabilidades en igualdad de condiciones, gays y lesbianas también pagan impuestos.

Debemos recordar que la Constitución es garante de todos los derechos en función del principio pro persona, el cual debió ser refrendado por la Suprema Corte al considerar inconstitucionales y discriminatorias las leyes de los estados que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Al contabilizarse el quinto criterio en el mismo sentido de un mismo asunto, la SCJN ha generado jurisprudencia, por lo que jueces y tribunales estarán obligados a resolver favorablemente todo recurso de amparo interpuesto por una pareja homosexual o de lesbianas para poder casarse en un estado que pretenda impedírselos, corresponde al Poder Legislativo armonizar los códigos civiles o familiares a los preceptos de la reforma del 11 de junio de 2011.

La intervención de la SCJN fue obligada ante la negativa de autoridades municipales y estatales a aplicar los preceptos que brindan la mayor protección a los derechos humanos, en este caso, de las parejas del mismo sexo que solicitan contraer matrimonio.

Estas y estos funcionarios sucumben ante la presión de grupos ultraconservadores locales o, en el peor de los casos, forman parte de ellos; aunque hay excepciones, como la ex presidenta municipal de Cuauhtémoc, Colima, Indira Vizcaíno, en cuya administración se celebraron matrimonios en ceremonias públicas; o los casos del Distrito Federal y Coahuila.

Las estructuras sociales y los prejuicios que pretenden maniatar las decisiones y voluntad de las y los individuos, son el mayor obstáculo que ha enfrentado la reforma en materia de derechos humanos de 2011.

La ministra Olga Sánchez Cordero ha indicado que la razón por la cual las parejas homosexuales no han gozado de la misma protección que las heterosexuales ha sido, precisamente, el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por una discriminación histórica.

La Iglesia católica amalgama esa reticencia y ese anacrónico conservadurismo de un sector de la sociedad mexicana y lo perpetúa cotidianamente, como un sentido existencial, esgrimiendo que el matrimonio es únicamente viable entre un hombre y una mujer porque de otra manera no es posible la perpetuación de la especie.

Negar a las parejas no heterosexuales el reconocimiento que les garantizaría el acceso a derechos asociados al matrimonio o simplemente a decidir formar una familia, tales como la seguridad social, beneficios fiscales, la herencia, los derivados de la muerte de uno de los cónyuges o pareja, es ilegal e injusto.

Concretar el cambio cultural y la aceptación social de los matrimonios entre personas del mismo sexo aún tomará tiempo por los obstáculos que interponen entre otras instituciones, la Iglesia católica, por lo que aún se deberá recurrir al amparo.

Por lo pronto el PRD seguirá impulsando en los Congresos estatales las reformas legislativas necesarias para garantizar estos derechos, porque aspiramos a que nadie sea excluido del goce de sus derechos y porque así lo señala nuestra Carta Magna.

 

Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado.
Twitter: @angelicadelap