Versión de la participación del senador del Grupo Parlamentario del PRD, Marco Trejo Pureco, para hablar en contra del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular


Ciudad de México, 27 de abril de 2021.

 

Con su permiso presidenta. Señoras senadoras y señores senadores. La consulta popular como mecanismo de participación ciudadana sobre temas de trascendencia nacional y la cual es vinculante con las decisiones que adoptan los órganos representativos del Estado, es una de las instituciones democráticas contemporáneas más aceptadas como mecanismo de ensanchamiento de control ciudadano. Su presencia en el debate nacional ha enriquecido nuestra democracia y su inclusión en el sistema jurídico mexicano, sin duda que ha robustecido el basamento democrático del país.

En el Grupo Parlamentario del PRD consideramos necesario actualizar la Ley Federal de Consulta Popular con la reforma a la Constitución en esta materia, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019. Tenemos claro que el espíritu de esta Ley y su aplicación, buscan que las decisiones sobre estos temas trascendentales tengan una base de apoyo muy importante, así como dar una dimensión distinta al voto y a la concurrencia a las urnas.

El primer domingo de agosto de este año está convocada la ciudadanía a participar en una consulta popular, la cual será histórica en la historia moderna de la democracia de México; a pesar de los cuestionamientos, ambigüedad y uso político de la consulta, se ha convocado a las y los ciudadanos para responder a la pregunta: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

En la boleta solo aparecerán las opciones “si estoy de acuerdo” y “no estoy de acuerdo”. Por ello, el contenido de esta minuta que hoy se dictamina, introduce un elemento nuevo que, de aprobarse, distorsionará la razón por la que las y los ciudadanos son llamados a consulta. Lo anterior quiere decir que ese número de votos será considerado para los efectos dispuestos en el Artículo 35, Fracción VIII, Numeral 2 de la Constitución, referente a que de alcanzar al menos el cuarenta por ciento de la participación en la consulta popular, el resultado de la consulta será vinculatorio para los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes.

Por esta razón, por la incorporación de esta nueva categoría, que no existe en ningún ordenamiento estatal en la materia y posiblemente en el derecho comparado a nivel continental, el Grupo parlamentario del PRD votará en contra. Estamos convencidos que la Ley es perfectible y estamos con el espíritu de esta Ley Federal de Consulta Popular, la cual, sin duda afianza la democracia en México a pesar del asedio y pulsiones mayoritarias le acechan. Por su atención, muchas gracias.