Nuestra obligación es velar realmente por los intereses de las familias de los trabajadores: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, para presenta iniciativa por la que se deroga el tercer párrafo de la fracción VI del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADPG): Muchas gracias presidenta, con su venia.

Señoras senadoras, señores senadores.

Con la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo, recientemente promulgada, se da un gran paso para que el salario pueda avanzar a un mayor ritmo de su recuperación gradual y sostenida, y poder así transitar de un salario mínimo hacia un salario  mínimo digno y decente.

Con esta reforma se actualizan 35 años de rezago salarial histórico, recordemos que fue en 1976 que nuestro país se registro el salario mínimo real más alto, sin embargo, ha venido decreciéndose al grado de que hoy tiene una pérdida real en el poder adquisitivo de trabajadoras y trabajadores mexicanos de un 70 por ciento.

La situación del salario mínimo es tal que un aumento tendría ciertamente tendría mucho más beneficios que costo, eso demostrado además de manera clara en los países donde se ha tomado consideración de que el salario es importante para poder incluso reactivar la economía, no solamente la economía familiar, sino la propia economía de sanación.

Significa pues, que una política pública destinada a elevarlo mejoraría los ingresos de los trabajadores que hoy se encuentran en la escala más baja sin que pueda tener repercusión negativa hacia los demás trabajadores.

De acuerdo con la investigación del Centro de Análisis Multidisciplinario, el incremento al salario mínimo promulgado por la Comisión Nacional de Salario Mínimo a principios del año, son rebasados por la inflación en los primeros cuatro meses, por lo que el resto se acumula a la pérdida histórica del poder adquisitivo.

Esta misma situación se ha repetido cada año, cuando menos, desde 1987, en que el salario represento aumentos nominales menores al de los precios de los aumentos en los alimentos por lo que la pérdida acumulada del poder adquisitivo desde este aspecto, de lo que tiene que ver con los alimentos, incluso es mucho más alta, del 68.66 por ciento.

El salario mínimo en México resulta pues un caso atípico en el contexto global, según la Cepal, otras economías similares a la nuestra, como Argentina, Chile, Brasil o Colombia, elevaron sus salarios mínimos, sus salarios de trabajadoras y trabajadores base de 2002 al 2011, así fue como recuperaron entre dos y tres veces el nivel de subsistencia.

En ningún caso la recuperación salarial convocó a una situación de inflación o desempleo, al contrario, la igualdad de ingresos mejoró significativamente y aunada a otras políticas redistributivas y de fomento económico, permitió elevar el bienestar de las personas, de las familias.

También la Cepal nos detalla que México es el único país de América Latina en que la pobreza aumentó y en donde el salario real mantiene a los trabajadores en un estado permanente de pobreza y no alcanza para cubrir las necesidades básicas de las personas. En Paridad de Poder Adquisitivo, el salario mexicano es dos veces menor que el salario mínimo en Brasil, El Salvador, Perú, Honduras, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

Actualmente la institución que se ocupa de fijar los salarios mínimos es la Comisión Nacional del Salario Mínimo, integrada de manera tripartita por el gobierno, los patrones y los trabajadores; la pluralidad en la integración de la comisión parecería justa y funcional, pero la realidad y los resultados en el incremento del salario demuestran lo contrario, según se puede constatar todos los días en el bolsillo de las y los trabajadores.

Esta Comisión ha funcionado como un instrumento de política económica y no como una institución laboral. La política salarial que ha acompañado a las políticas estructurales se ha caracterizado por mantener el objetivo económico de mantener la estabilidad monetaria, conteniendo la inflación.

En este sentido, recordemos que la misma fue creada ad hoc en el contexto de los pactos económicos y sociales firmados por el gobierno federal en la década de los 80, en el siglo pasado: el de Solidaridad Económica de 1987 y el de Estabilidad y Crecimiento Económico de 1988. La crisis desatada en diciembre de 1994 sencillamente la dejó atrás: no hubo manera de mantener un esquema de mayor reducción a los salarios.

Desde inicios de este siglo, ha emitido resoluciones esta Comisión emparejando el salario mínimo con la inflación esperada, manteniendo al salario en un mínimo nivel, sin caídas más abruptas: en parte, porque ya no queda espacio para mayores reducciones y porque se han mantenido deprimidos a los salarios por otras vías como ha sido la informalidad. De cualquier forma en casi tres lustros el salario se ha mantenido estancado en su nivel más bajo, insisto, como se puede constatar todos los días en los bolsillos de las y los trabajadores.

La inflación del salario no ha obedecido a cuestiones de necesidad o de estudio de las necesidades de la clase trabajadora para acceder a un salario suficiente. La práctica hasta ahora vigente ha sido atar el aumento salarial, con la inflación pronosticada por el Gobierno.

Por estas razones, la determinación de los salarios mínimos no ha tenido fundamentos legales ni técnicos; ha sido una política discrecional, vertical y autoritaria.

La forma tripartita como se encuentra diseñada la Comisión Nacional del Salario Mínimo favorece al Ejecutivo, no a los trabajadores y a las trabajadoras; ya que la representación de los trabajadores, ostentada por el sindicalismo oficial puede avalar o no los incrementos, pero eso es intrascendente en tanto los patrones y el gobierno mantienen el dominio de dos de los tres sectores que concurren en la Conasami. Con ello en realidad el gobierno define los salarios mínimos mediante decisiones verticales del presidente de la República. O sea, los salarios se fijan desde hace décadas por decreto.

Todo eso e insisto, a partir de la desindexación del salario mínimo, es necesario que revisemos el funcionamiento y como proponemos en la iniciativa que hoy estamos presentando, que le pido señora presidenta, pase textual al Diario de Debates, y del cual hoy no mencione absolutamente nada, pueda ser analizado en Comisiones a partir de nuestra obligación: velar realmente por los intereses de las familias de trabajadores que todos los días pasan penurias, pasan penurias para poder ya no digas tener otros elementos importantes que eleven la calidad de vida, simplemente no tener condiciones de alimentar de manera decente a su familia.

Es cuanto, y muchas gracias por su atención.

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