Presenta senadora Angélica de la Peña iniciativa de ley contra la trata de personas


Boletín de Prensa

Ciudad de México, a 07 de diciembre de 2017

 

Presenta senadora Angélica de la Peña iniciativa de ley contra la trata de personas

 

  1. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno implementen medidas legislativas, educativas, sociales y culturales a fin de desalentar la demanda.

La senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario de PRD, presentó una iniciativa para expedir la Ley General en Materia de Trata de Personas y reformar la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

La iniciativa pretende proteger a las víctimas y sancionar a quienes cometen los delitos en ella prevista, al considerar a la trata de personas como un atentado contra la libertad y la dignidad de las personas que se prolonga en el tiempo.

El objeto de la ley es establecer los tipos penales en materia de trata de personas, así como sus sanciones y circunstancias agravantes, con la finalidad de proteger el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas en su calidad de bien jurídico derivado de la dignidad humana.

Así, la iniciativa presentada por la senadora De la Peña Gómez, prevé una sanción de 5 a 15 años de prisión, y de un mil a veinte mil días multa, a la persona responsable del delito de trata de personas, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en la iniciativa de ley y en los códigos penales correspondientes.

De igual forma, se contemplan sanciones con pena de 15 a 30 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, a la persona física o jurídica que explote, o se beneficie de cualquier forma de la explotación de una persona, a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual remunerada.

Se impondrá pena de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa, a la persona física o jurídica que, para sí o para un tercero, almacene, promueva, ofrezca, facilite, distribuya, intercambie, comparta, exponga, publicite, transmita, difunda, elabore, reproduzca por cualquier medio, adquiera o arriende para sí o para un tercero, el material con contenido sexual en el que la víctima sea menor de edad.

Entre otros, se entenderá por explotación de una persona: la esclavitud, la servidumbre, la explotación sexual, el trabajo o servicio forzado, la explotación infantil con fines delictivos, la mendicidad forzada, la adopción ilegal con fines sexuales, el matrimonio y embarazo forzado, la extracción de órganos, así como la experimentación biomédica.

A fin de obtener los los mejores resultados en la prevención y combate a la trata de personas, la ley estipula que las autoridades de los tres órdenes de gobierno implementen medidas legislativas, educativas, sociales y culturales a fin de desalentar la demanda que propicia cualquier forma de explotación que provoca la trata de personas y demás delitos objeto de la ley.

De igual forma, se busca que haya una correcta supervisión de los negocios que puedan ser propicios para la comisión de delitos de trata de personas o explotación en cualquiera de sus denominaciones, lo anterior haciendo inspecciones periódicas en clubes nocturnos, lugares de espectáculos y negocios similares, dichos lugares deberán participar en la prevención del delito, acreditando en todo momento la aplicación de su programa de cumplimiento antitrata

El Gobierno Federal contará con una Comisión lntersecretarial, encabezada por el Secretario de Gobernación,  que tiene por objeto facilitar la coordinación en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones entre las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal en materia de trata de personas.

Las entidades federativas podrán crear una comisión análoga, considerando el diseño en cuanto a su integración, dirección, objeto y atribuciones de conformidad con su legislación y competencia en congruencia con el respeto pleno a la autonomía de las entidades federativas.

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Justicia, Estudios Legislativos, contra Trata de Personas y de Derechos Humanos para su análisis.

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Para consultar la iniciativa: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=2&sm=2&id=77624