Dictamen atenta contra la Constitución al suprimir facultades de IFETEL: de la Peña Gómez


Versión Estenográfica

Ciudad de México, a 26 de octubre de 2017

 

Dictamen atenta contra la Constitución al suprimir facultades de IFETEL: de la Peña Gómez

Intervención Senadora Angélica de la Peña, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar moción suspensiva al dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radio difusión.

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): Senadoras, senadores, con fundamento en los artículos 105 y 106 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la presente moción suspensiva al dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía, y de Estudios Legislativos, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radio difusión al terno de las siguientes consideraciones:

Primero, la presente Minuta pretende hacer nugatorio los lineamientos que en materia de defensa de las audiencias emitió el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, los cuales se publicaron en el diario oficial de la Federación en 21 de diciembre de 2016.

Segunda consideración, la presente minuta presenta aspectos preocupantes que de aprobarse haría nugatoria las facultades constitucionales del IFETEL para suspender precautoriamente las transmisiones que vulneren los derechos de las audiencias, particularmente las relativas a las personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes.

Ello permitiría dejar en los concesionarios su propia autoregulación, es decir, establecer un esquema donde los concesionarios son juez y parte.

Tercera consideración, las comisiones dictaminadoras fueron omisas en realizar una interpretación conforme que mandata la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, que obliga a todas las autoridades, incluyendo el Poder Legislativo en el ámbito de sus respectivas competencias, la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, favoreciendo en todo tiempo a las personas a la protección más amplia y consagrando como criterios fundamentales, la interpretación conforme y el principio pro persona.

Cuarta consideración, finalmente, las comisiones dictaminadoras fueron omisas al no tomar en consideración que estos lineamientos aun son motivo de un litigio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como sabemos, uno de esos litigios es la controversia constitucional emitida por el senador Pablo Escudero en su calidad de presidente de este Senado de la República.

El 31 de enero, como yo decía, recién el 31 de enero el presidente Pablo Escudero acudió a motu proprio ante la Suprema Corte de Justicia para presentar una controversia constitucional en contra de estos lineamientos generales para los derechos de las audiencias que expidió IFETEL, argumentando él que el organismo autónomo se extralimitó de sus funciones de los cuales además vulnera la libertad de expresión de los medios de comunicación.

Cabe señalar, por cierto, que el Senado no solicitó a la Corte una suspensión provisional de estos lineamientos para que deje de aplicar hasta que se resuelva esta controversia en definitiva.

El 31 de enero, también de este año, el Presidente de la República interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional solicitando la declaración de invalidez de estos lineamientos; la controversia de estos ocho artículos que presenta el Presidente de la República aún no han sido resuelto su Litis en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De tal manera que estos asuntos que han sido turnados al Ministro Alberto Pérez Dayán, quien ya las admitió a trámite, para estudiar la constitucionalidad de los lineamientos de derechos de las audiencias contenidos en lo que están impugnando.

Para nosotros es muy importante seguir manteniendo lo que hemos definido en la reforma constitucional, es decir, reconocer estos lineamientos y reconocer las facultades de IFETEL que hoy se pretenden quitar para regresarlas a la Secretaría Gobernación, es un retroceso a la Constitución; sin embargo, la litis de esta controversia está en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De manera que es necesario que esperemos a que se resuelva esta litis de las dos controversias, y entonces, emprender lo que haga lugar.

Por lo tanto,

Único.- solicito de apruebe la presente moción suspensiva del dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio y, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con objeto de que sea devuelto a las comisiones dictaminadoras para su respectiva revaloración y estudio.

Es cuanto, señor presidente.

 

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