Secretaría de Salud debe modificar reglamento para que personas sin identificación o en condición de calle obtengan registro en Seguro Popular: Pedraza Chávez 


El Seguro Popular fue creado para brindar protección financiera a la población no derecho habiente

El senador Isidro Pedraza Chávez,  del Grupo Parlamentario del PRD solicitó a la Secretaría de Salud modificar las disposiciones reglamentarias que limiten o discriminen a las poblaciones sin identificación o en condición de calle para que obtengan el registro y atención del Seguro Popular.

Mediante un punto de acuerdo se precisa que dicha instancia debe modificar las disposiciones reglamentarias que limiten o discriminen a la población de personas o ciudadanos sin identificación, en condición de calle, infantes sin compañía de un adulto, indocumentados, apátriadas, repatriados mexicanos, personas privadas de su libertad y familiares radicados en penales, que no cuentan con un documento de identificación oficial para ser registrados en el Sistema de Seguro Popular.

Así como, para eliminar aquellas prácticas en la prestación del servicio que limitan la atención médica para enfermedades crónico-degenerativas.

“Dentro del sistema salud, existe el Seguro Popular como una alternativa de acceso a servicios médicos para la población que no cuenta con acceso al IMSS, ISSSTE o algún servicio de salud estatal, sin embargo existen disposiciones reglamentarias que limitan o discriminan a una población en condición de alta vulnerabilidad, a quienes se les obstaculiza su registro o se limitan la atención médica para enfermedades crónico-degenerativas”, indicó.

Por otro lado, el legislador perredista añadió que en el país existe un importante número de indigentes o de abandono por su identidad sexual, particularmente una población infantil que acude al Seguro Popular, a los que “se les niega el registro o limitan los servicios”.

Señaló que el Seguro Popular fue creado para brindar protección financiera a la población no derecho habiente, mediante un esquema de aseguramiento de salud público y voluntario, a fin de financiar el costo de los servicios de salud para la población que lo requiera.

Recordó que la Ley General de Salud se identifica a las poblaciones vulnerables y se les incorpora al mismo principio constitucional del derecho a la protección de salud, “no hay exclusiones de ningún tipo, tiene derecho a proteger su salud todos los habitantes, hayan o no nacido dentro del país, tengan o no documentos”.

Sin embargo,  Pedraza Chávez insistió que en la práctica la inscripción al Seguro Popular contiene filtros  que retrasan o “de plano impiden acceder a sus beneficiarios”.

Lo anterior, apuntó se puede observar en el funcionamiento cotidiano de los módulos de afiliación, como: primera, que a la población se le exige presentar acta de nacimiento y CURP; segunda, se les solicita el comprobante de domicilio; tercera, los módulos detienen el procedimiento si el interesado carece de una identificación oficial; cuarta, en la parte operativa se niega la póliza de afiliación o la re afiliación a quienes aparezcan como derecho habientes del IMSS e ISSSTE.

Añadió que en el quinto módulo se indica que la liberación del Seguro Popular para migrantes o personas que carecen de los documentos requeridos es sólo por 90 días.

Pedraza Chávez comentó que actualmente la nación enfrenta un fenómeno en materia de identidad para la prestación de servicios públicos.

Refirió que de acuerdo con Mauricio Padrón, del Instituto de Investigaciones jurídicas de la UNAM, en el marco del Foro Binacional sobre el Derechos a la Identidad y Migración realizado en la Ciudad de México el 26 de junio de 2017, se estima que entre el 7 y el 13 % de las mexicanos  vive sin acta de nacimiento, o sea que  “no cuentan con nombre, ni con nacionalidad”.

Señaló que a partir de estos criterios de registro y de atención, se identifican poblaciones vulnerables que no pueden acceder al Seguro Popular como migrantes, repatriados mexicanos, especialmente solicitantes de refugio, con visa humanitaria, indocumentados y apátriadas, esto se debe a que no cuentan con el estatus migratorio que les otorga la CURP.

En ese contexto, Pedraza Chávez reafirmó que la presente iniciativa tiene como objetivo “fortalecer la cobertura del Sistema de Salud  y dar cumplimiento con el mandato constitucional en materia de atención médica para la población en cumplimiento de los derechos humanos”.

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