Desaparición involuntaria: ni una más / Revista Siempre


México ha sufrido un vuelco desfavorable en la opinión internacional y no se recuperará hasta que haya justicia y se sepa el paradero de los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa desaparecidos de manera forzada.

Este grave fenómeno obliga a aceptar sin cortapisas la magnitud del desastre de la desaparición forzada de personas y de la desaparición cometida por particulares que de manera cruenta se padece en prácticamente la mitad de las entidades federativas.

Obliga a atender el desastre de las policías en los tres órdenes de gobierno, el desacierto de enviar a militares y navales a funciones de seguridad pública violando la Constitución, y también a reconocer el derecho inalienable de miles de familias que, desde el sexenio de Calderón, exigen al gobierno la verdad sobre el paradero de sus familiares y las exigencias de justicia y de reparación, porque por desgracia se cuentan más de 30,000 personas desaparecidas en los últimos 10 años.

La lucha de estas familias y de las organizaciones defensoras de derechos humanos obligó ni más ni menos a cumplimentar también la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso Rosendo Radilla Pacheco vs. México, de septiembre 23 de 2009; obligó a reformar la Constitución para otorgar atribución al Congreso de la Unión para legislar en la materia y a legislar la ley general junto con las familias.

En el Senado recibimos a familiares de personas desaparecidas mucho antes de los acontecimientos de Ayotzinapa, historias de las incapacidades y frustraciones derivadas de la desatención alevosa de los agentes de seguridad pública o de procuración de justicia.

Historias diversas, algunas presumiblemente vinculadas a los “daños colaterales” de la lucha contra la delincuencia o simplemente perdidas en algún trayecto de carretera; por amenazas o simplemente nunca más regresaron ni se supo de ellas.  Hay incluso personas que estaban en el servicio público, o jóvenes o adolescentes que se presume que pudieron ser secuestrados para trata. No hay distinción de edades y orígenes sociales; desaparecieron y nunca más se supo de ellos.

La desaparición forzada es perpetrada por un servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o aquiescencia de un servidor público, priva de la libertad y oculta el paradero de una persona; además, niega la privación de la libertad y la información sobre su suerte, destino o paradero. La desaparición de personas cometida por particulares es el delito que priva de la libertad con la finalidad de ocultar a la víctima, o su suerte o paradero.

En cumplimiento con la Constitución hoy la Cámara de Diputados tiene la minuta de este decreto que al aprobarse se deberá enviar al Ejecutivo para su publicación.

Al entrar en vigor se deberá crear el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas; el Banco Nacional de Datos Forenses, el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, el Registro Nacional de Fosas tanto comunes como clandestinas, el Protocolo Homologado de Búsqueda; los ámbitos de gobierno correspondientes deberán constituir la Comisión Nacional de Búsqueda y las Comisiones Estatales de Búsqueda y además se deberá especializar policías para este cometido.

Ojalá la Cámara la apruebe en un periodo extraordinario.

@angelicadelap    

Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República