Un gran avance reconocer en la ley las conductas típicas de desaparición forzada y desapariciones cometidas por particulares: Dolores Padierna


Intervención de la senadora Dolores Padierna Luna, Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD, durante la reunión de trabajo las comisiones unidas de Derechos Humanos, de Gobernación, de Justicia y de Estudios Legislativos donde se abordó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares.

 

Dolores Padierna Luna  (DPL): En el informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se señala que resulta preocupante la falta de exhaustividad en la investigación de los hechos y en la búsqueda y localización de las víctimas por parte del Ministerio Público.

 

Y hasta hoy que podemos votar esta ley, no existía una legislación como esta, una legislación homologada que garantice, subrayo, que garantice una investigación inmediata en cualquier caso de desaparición forzada o de desaparición cometida por particulares.

 

Tampoco existía, hasta hoy que votamos este documento, un mecanismo nacional de búsqueda que pueda asegurar que el Estado Mexicano asuma su responsabilidad para la localización con vida de las personas desaparecidas mediante un esquema de colaboración e intercambio de información, tal y como sucede en otros países de América Latina.

 

Y hay que recordar precisamente que desde hace muchos años se configuró en sus leyes la conducta criminal que después fue reconocida en el derecho internacional; y que hoy existe en el derecho internacional un delito denominado: Desaparición Forzada de Personas.

 

Pues en América Latina las dictaduras militares se convirtieron en una práctica común y derivado de las dictaduras se reconoció este delito.

 

La desaparición forzada de personas es considerada un delito de lesa humanidad, es decir, como un delito que trasciende a la persona víctima y a sus familiares, y que quebranta el orden social y el entramado comunitario, que transgrede el Estado de Derecho, etcétera.

 

A estos crímenes que tienen un mayor grado de destrucción, en más de un sentido, yo leo en este documento que por fin se podrán atender varios asuntos.

 

Resulta de suma importancia que en este proyecto de ley se considere las conductas típicas de los delitos de desaparición forzada como también las desapariciones que comentan los por particulares y que también esté la penalización de todas aquellas conductas cometidas por autoridades o la obstrucción que, respecto de la investigación y búsqueda, hagan particulares o autoridades.

 

Esta Ley crea un Sistema Nacional para evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano para establecer las bases generales, políticas públicas mediante las cuales se ordena la búsqueda, localización inmediata, la  identificación de personas desaparecidas.

 

Y además se crea en todos los órdenes de gobierno las comisiones de búsqueda, entre muchos otros contenidos importantes que tiene esta ley, que tiene este dictamen.

 

Desde luego que nosotros vamos a votar a favor del dictamen, pero si queremos decirles que al pan-pan y al vino-vino; deberíamos de llamarles desaparecidos a las personas desparecidas.

 

Porque ésta ha sido la gran causa de los movimientos y organizaciones que ayer todavía estuvieron en el Senado de la República, esas organizaciones aceptan esta ley, este dictamen, nosotros nos sumamos también a este reconocimiento, pero queremos que se le llame desaparición a la desaparición, que no se oculte con otros títulos como no localizados a los que son en realidad desparecidos.

 

Yo conminaría a que hagamos honor al título de esta ley, esta ley se titula: “Ley General de Desaparición Forzada de Personas, pues así llamémosle también en el cuerpo de la ley.

 

Me voy a la Comisión de Comercio donde vamos a votar tres dictámenes presidentas, les ruego mil disculpas.

 

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