Ley de seguridad interior es el reconocimiento del fracaso del Estado mexicano para el control de la violencia: Luis Humberto Fernández


Intervención en tribuna del senador Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario del PRD, en el marco del debate del punto de acuerdo por el que se solicita la opinión de la Conferencia Nacional de Gobernadores en relación con las iniciativas en materia de seguridad interior.

 

Luis Humberto Fernández Fuentes (LHFF): Con su venia, sus señorías.

 

Buenas tardes, celebramos la realización de este debate y el punto de acuerdo sobre esta Ley de Seguridad Interior.

 

Y consideramos saludable que sea debatida en las más instancias posibles por el tamaño del tema y las implicaciones que tiene. Obviamente y vale la pena acotarlo, este debate no sustituye nada; cuando venga la ley, la discutiremos en forma, simplemente es un punto de acuerdo sobre la conveniencia de debatirlo en la Conago.

 

La conveniencia de contar con una Ley de Seguridad Interior creo que está más allá de cualquier duda, es necesario tener los elementos jurídicos, no sólo para regular la participación de las Fuerzas Armadas en acciones de seguridad, también son fundamentales para toda la acción gubernamental frente a diversas amenazas y estas circunstancias y en otras circunstancias, a las autoridades municipales y estatales que vean rebasadas como pueden ser epidemias y catástrofes naturales.

 

Esto es, debemos construir un proceso que permita la distribución de competencias y responsabilidad a todas las autoridades y todos los niveles de gobierno.

 

Pero a pesar de la conveniencia, es necesario puntualizar que esta ley es la confesión de parte del Estado mexicano de que vivimos en la anomalía institucional.

 

Reconoce la incapacidad y la incompetencia y la corrupción de muchas autoridades civiles en el desempeño de sus funciones, es reconocer una realidad: que México no cuenta con instituciones sólidas y confiables, que las policías están infiltradas y que muchos gobernadores han solapado y apoyado al crimen organizado, lo que ha obligado a la participación del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea.

 

Ésta es una nueva escena de una guerra insensata y perdida, perdida porque es obvio que no cumplió los objetivos y sí profundizó la crisis. No lo afirmo como un juicio ligero, es una realidad que después de tantos años, tantos muertos y tanto dolor, no se ha fortalecido el Estado de derecho ni tampoco disminuido la violencia.

 

Es el reconocimiento del fracaso del Estado mexicano para el control de la violencia, de la apropiación ilegal de los recursos ajenos y para establecer un mínimo de certidumbre jurídica de las personas, sus derechos y sus propiedades.

 

Sería tan injusto como irresponsable culpar al Ejército de esta circunstancia, quien entró por instrucción y no por decisión, pero también hay que poner en la mesa las violaciones de derechos humanos.

 

Reconocemos que ha habido un esfuerzo importante para su protección, pero también hay muchos casos en los que sería conveniente darle mayor claridad.

 

El problema no admite versiones maniqueas, la realidad es que hay mucho dolor e injustica, hay militares en la cárcel por hacer un trabajo que les es ajeno, pero también hay víctimas de abusos; hay más militares sentenciados por violaciones de derechos humanos que narcotraficantes con sentencia definitiva por delitos contra la salud. Esto nos hace obvio que esta estrategia no está funcionando.

 

Y la pregunta de fondo es si esta ley ayudará a pacificar al país o dará un marco adecuado a las Fuerzas Armadas. La vedad sea dicha, es que no.

 

Lo afirmo, lo primero, porque la ley en sí misma no ayudará a pacificar al país, se requiere de un paquete de leyes que dialoguen entre sí con, como podríamos hablar, la legislación de mando mixto, la legislación sobre la Fiscalía General y otras que fortalecerían el Estado de derecho.

 

Tampoco se podrá pacificar al país si se sigue procrastinando la formación y la capacitación de policías.

 

En cuanto a la regulación de las fuerzas armadas, la ley por sí misma no va a alcanzar, se requerirá, si fuera el caso, de modificar a la Constitución. Pero en todo caso, esta ley debe de apegarse a los principios constitucionales.

 

¿Esto significa que no tengamos que trabajar en esta ley?, no. Como lo comenté al principio, la ley es conveniente y tiene sus retos, pero es importante conocer los alcances posibles y los límites que señala la Constitución. Vivimos un Estado disminuido que no sabe cómo administrar sus activos en materia de seguridad y esta ley puede ser útil, siempre y cuando se apegue y se respete la Constitución.

 

En un ejercicio maduro podemos reconocer que todas las iniciativas presentadas tienen elementos positivos y valiosos, las de todos los símbolos políticos, pero también puntos que constituyen un riesgo para la institucionalidad.

 

Entre los que hay que guardar cuidado están:

 

  • Tener un área específica del ejército para estos fines, porque lo desnaturaliza, hace permanente la situación y además para eso se creó la gendarmería y una parte importante de la Policía Federal Preventiva.

 

  1. No plantea el regreso de las Fuerzas Armadas a sus cuarteles.
  2. No establece una vinculación normativa clara con la reforma constitucional en materia de seguridad pública.
  3. Carece de instrumentos eficaces de control parlamentario y no contempla un esquema de rendición cuentas.
  4. Definiciones demasiado laxas o abiertas.
  5. Violación al principio de temporalidad.
  6. Disposiciones arbitrarias que generaría violaciones a derechos humanos.

 

Los principales contenidos que debe tener esta ley son:

 

  1. La ley debe de ser el inicio de una ruta clara para el regreso de las Fuerzas Armadas a sus cuarteles. No creo que haya una intención militarizadora, pero hay que ser claros y contundentes para que no quede lugar a dudas. Se debe establecer el retiro gradual, medible y con plazos definidos.

 

  1. Bajo ningún supuesto se debe aceptar el carácter de permanente para la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas vinculadas a la seguridad interior.

 

  1. Especificar una activación claramente excepcional. Esto significa que la legislación debe tener como condición previa para su aplicación la constatación de la insuficiencia de las fuerzas civiles de seguridad para enfrentar y atender la amenaza a la seguridad interior. Las fuerzas armadas deben ser el último recurso.

 

  1. La seguridad interior no debe rebasar los límites de la seguridad pública que es una función exclusiva de la Federación, entidades federativas y Municipios, comprendiendo la prevención de los delitos, la investigación, su persecución, en términos de la Ley y competencia Constitucional. Las Instituciones de Seguridad Pública deben de ser de carácter civil. Las autoridades militares solo son auxiliares de las civiles en estos casos.

 

  1. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se podrá utilizar a las Fuerzas Armadas en movimientos o conflictos sociales, políticos o electorales, o la afectación del legítimo ejercicio de los derechos fundamentales, como son la libertad de expresión y manifestación.

 

  1. Racionalidad de las medidas para atender una afectación a la seguridad interior. Esto es establecer los límites y características como son temporalidad, alcance territorial, proporcionalidad y definiciones para las prevenciones de legalidad y protección para los derechos humanos.

 

  1. Control legislativo de la intervención y rendimiento de cuentas de cada intervención y fincamiento de responsabilidades políticas y penales.

 

El reto es hacer una ley coherente, respetuosa de la Constitución, que dialogue con las otras leyes necesarias, hacer una ley sobre la racionalidad, la ciencia, basada en la observación y el análisis riguroso de la realidad, no en el dogma o la conveniencia partidaria.

 

Entendemos la urgencia y el reclamo, en particular de las Fuerzas Armadas, por un marco regulatorio adecuado, pero no se trata sólo de eso, se trata de las herramientas institucionales para enfrentar amenazas a la normalidad institucional y la viabilidad del Estado Mexicano.

 

Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

 

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