Garantizamos protección para los derechos políticos de las mujeres: Angélica de la Peña


Versión de la intervención en tribuna de la senadora Angélica de la Peña Gómez, al participar en la discusión de un dictamen de las Comisiones Unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

 

 

Angélica de la Peña Gómez, (ADLPG) Con su venia señora presidenta.

 

Agradezco que hayan presentado una parte muy importante del dictamen el senador Alejandro Encinas, que como presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, tengo que decirlo con toda puntualidad, siempre ha estado atento él y su comisión,  a apoyar la dinámica de discusión que ha dirigido la Comisión para la Igualdad de Género que preside la senadora Diva HadamiraGastélum.

 

Este dictamen que hoy estamos poniendo a su consideración no voy a exagerar al definirlo como un dictamen realmente histórico; histórico porque estamos estableciendo preceptos en cinco leyes que ya están incluso configuradas a partir de un proceso reforma político electoral, como leyes generales, únicas para todo el país en cada una de las materias que representan estas cinco leyes y que hoy estamos revisando.

 

Lo tuvimos que hacer porque por desgracia todavía seguimos arrastrando estos pendientes que desde 1953 ya está en la constitución,  1954, ya se define con puntualidad que para esa elección participen las mujeres en nuestro país con el derecho al voto.

 

Dice la Constitución, derecho al voto y a ser votada. Que gran proceso, que largo proceso, entregando como decía hace rato una colega, recibiendo la estafeta y recibiendo la estafeta desde hace decenas de años atrás de distintas legislaturas, mujeres, inclusive hombres que se han incorporado también ha esta lucha para lograr que se reconozca los derechos plenos de la mujeres a estar en los espacios de poder.

 

Este Senado de la República y desde la tribuna también discutimos y también hablamos la importancia de modificar la constitución en su artículo 41.

 

Compañeras y compañeros, estamos orgullosas y orgullosos, siempre lo decimos, de que nosotros discutimos la reforma al artículo 41 para garantizar la paridad en las candidaturas para el Congreso Federal y para las candidaturas en los congresos locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.

 

Pero quién iba a pensar que esta dinámica de exigibilidad  de los derechos políticos de las mujeres hay igualdad  de condiciones en la disputa de los encargos públicos, de los encargos políticos y electorales, tenían por desgracia que está enfrentando la tortuosa amenaza, hostigamiento, presión, violencia en distintas formas, que impiden que las mujeres puedan estar en los encargos, simplemente porque hay alguien con poder.

 

Incluso con poder de movilización de otras personas y mueven a quienes incluso ganan en las elecciones constitucionales.

 

La violencia política por razón de género como está en este dictamen, tiene que ver como la acción u omisión que en el ámbito político público tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos electorales de una mujer. El acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o a su función de poder público.

 

Se instaura en estas cinco revisiones, que hacemos a estos cinco ordenamientos, que la violencia política en razón de género se manifiesta a través de presión, persecución, hostigamiento, acoso o acción, vejación, discriminación, amenazas, privación de la libertad y peor de la vida.

 

Incorporamos en el Instituto Nacional Electoral cuando se trate de asuntos de su incumbencia al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres por razón de su género.

 

También establecemos que corresponde a la Procuraduría General de la República a través de la FEPADE, la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, promover y proteger el ejercicio de los derechos humanos político electoral de las mujeres.

 

Se amplían también las facultades del Inmujeres, en relación con la coadyuvancia de  la formación de liderazgos políticos; así como el impulso a los mecanismos que promuevan y protejan los derechos político electorales de las mujeres.

 

Estos preceptos que los estamos estableciendo en la Ley General de Acceso en las Mujeres en la Vida libre de Violencia como una modalidad de violencia política también la reproducimos a partir de los contenidos explícitos que debe caracterizar a la Ley General de Instituciones y procedimientos electorales.

 

Además agregar el concepto de violencia política en razón de género. También establecemos la obligación por parte del INE de los organismos políticos locales y de los partidos locales y las agrupaciones políticas para establecer mecanismos para prevenir, atender, sancionar y en su caso también trabajar hacia la erradicación de este fenómeno.

 

También, respecto a los pueblos y comunidades indígenas, establecemos que se deberán garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; la no discriminación y, por supuesto, enfatizamos en la violencia política en contra de las mujeres.

 

Va esta reforma en consecuencia de lo que tiene que establecer la Ley secundaria respecto a lo que también aquí, desde este Senado como cámara de origen aprobamos, la reforma al artículo 2 de nuestra Constitución, para establecer con toda puntualidad que no se deben afectar los derechos humanos de las mujeres indígenas, la protección de las niñas indígenas y, por supuesto, también claramente definimos que los pueblos indígenas, sus sistemas formativos tienen que asegurar la igualdad sustantiva.

 

Además, estamos reformando también la Ley General de Partidos Políticos, no tiene desperdicio, ubicamos con precisión que los partidos políticos tienen la obligación efectivamente de garantizar que las mujeres pueden competir con libertad plena, prevenir cualquier forma de violencia contra ellas, particularmente la que se ejerce cuando aspiran a un cargo, cuando aspiran a una candidatura y cuando tienen que asumir como representando  a los partidos políticos y tienen que enfrentar elecciones con otros partidos políticos.

 

Aquí mismo en el Senado, puedo preguntar a mis colegas senadoras que levanten la mano  aquellas que han sufrido violencia política, aquellas que han enfrentado quehaceres como candidatas y han enfrentado violencia política, es cierto.

 

La vicepresidenta cuando fue presidenta en la sesión solmene pasada, al terminar este acto solemne de entrega de la “Elvia Carrillo Puerto a la Doctora Gloria Ramírez”, tuvo una sensacional conclusión recordándonos la violencia política, ella es ejemplo y tiene toda la autoridad moral y política para hablarnos de lo que significa y de lo que tuvo que soportar cuando fue candidata.

 

En fin, esto alcanza por desgracia a todos los partidos políticos de todos los colores, por eso es importante que se reforme la Ley General de Partidos Políticos; igualmente importante es la reforma a la ley General en materia de Delitos Electorales, no solamente para enfatizar el concepto, insisto, de violencia política en razón de género sino también todas las acciones que promueven, que llevan a querer que tomar la decisión de buscar amparo de la justicia electoral a través de un juicio de protección de los derechos políticos y ciudadanos, en este caso de las mujeres ciudadanas, en este caso proteger los derechos políticos de las mujeres.

 

No abundo en los preceptos importante porque quiero dejar la particularidad de cada una de esta reformas sustantivas, que también inscribimos en la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación Electoral, que junto con la Ley de Delitos Electorales forman parte de estas importantes reformas que estamos discutiendo.

 

No lo abordo, no solamente por cuestiones de tiempo sino porque quiero que la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género que es quien va a entrar enseguida hable de cada una de estas características y cómo ella explicará llevamos este proceso siempre unificadas las senadoras que formamos parte de esta Comisión para la Igualdad.

 

Gracias a todas ustedes y todos ustedes por su atención

 

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