Presenta senador Miguel Barbosa reformas para acabar con la impunidad política


  • Propone eliminar el fuero y renovar figura de juicio político
  • Plantea establecer en la Constitución la revocación de mandato

 

Tal como se encuentra regulado constitucionalmente en la actualidad, el fuero o inmunidad procesal se ha convertido en un incentivo constante para la corrupción política más que en un medio legítimo para proteger a la función pública, sostuvo el senador Miguel Barbosa Huerta.

 

En ese sentido, y con el fin de constituir uno de los más eficaces instrumentos de control del ejercicio del poder político y de combate a la corrupción, el senador presentó una iniciativa que plantea la eliminación del fuero y la renovación de la figura de juicio político.

 

El coordinador de los senadores del PRD afirmó que con esta propuesta, la ejemplaridad del proceso penal incrementaría su eficacia, pues todo servidor público sabría que en caso cometer un delito, el cargo, empleo o comisión no le depararía ninguna inmunidad procesal y sería sometido a juicio como cualquier persona.

 

“La reforma al artículo 111 modifica el esquema de inmunidad procesal penal del que hasta hoy gozan diversos servidores públicos, para sujetarlos a los principios de igualdad ante la ley y de presunción de inocencia que asiste a todo ciudadano, es decir, no les asistirá inmunidad o fuero constitucional alguno”, subrayó.

 

Por otro lado, comentó, la transición democrática sólo podrá materializarse si se implementa un esquema efectivo de rendición de cuentas, que pasa por la determinación de responsabilidades y el fincamiento de las sanciones correspondientes a los servidores públicos que incurran en el ilegal ejercicio de sus funciones.

 

La iniciativa busca que la determinación judicial de la responsabilidad penal de un servidor público no quede supeditada a la resolución previa y discrecional de un órgano político, como lo es la Cámara de Diputados.

 

“Los servidores públicos que cometan un acto que la legislación respectiva señale como delito, deben ser sometidos al proceso penal respectivo sin beneficiarse de inmunidad, fuero o consideraciones procesales que motiven o favorezcan su impunidad”, añadió.

 

Miguel Barbosa aseveró que esta iniciativa también propone un sistema en el cual el Presidente de la República pueda ser sometido a proceso penal ante un juez competente, evitando que la comisión de hechos probablemente delictuosos quede al margen de la acción persecutoria de la justicia, sin importar el funcionario que haya incurrido en ellos.

 

“Proponemos la redefinición del juicio político, para dotarlo de la naturaleza bajo la que fue incorporado a nuestra Constitución, es decir, proponemos crear una instancia de responsabilidad política que se refiera a la legitimidad de un funcionario para continuar en su encargo, al margen de la legalidad de sus actos”, añadió.

 

La iniciativa que reforma el artículo 110, establece un nuevo esquema de juicio político cuyo objeto sería confirmar o revocar en su encargo al servidor público que por sus acciones u omisiones directas o indirectas, vea cuestionada su legitimidad, pierda la confianza que le fue conferida cuando en su nombramiento haya intervenido el Congreso o afecte la institucionalidad democrática del Estado, explicó el senador.

 

“El proceso iniciaría con la acusación que presente cualquier persona física o moral de nacionalidad mexicana ante la Cámara de Diputados, es decir estamos dando capacidad a las personas morales de exigir esa responsabilidad. A la vez, estamos relevando de la carga de la prueba al denunciante, pues corresponderá a la Cámara de Diputados investigar”, apuntó.

 

El coordinador parlamentario refirió que se respeta la garantía de audiencia del servidor público, tanto en la fase de investigación, como en la que propiamente corresponde al juicio, sin embargo, las resoluciones de la Cámara de Diputados y del Senado de la República relativas al Juicio Político son definitivas e inatacables.

 

Asimismo, el Grupo Parlamentario del PRD propuso establecer en la Constitución la revocación de mandato para cargos de elección popular a fin de garantizar la rendición de cuentas de los servidores públicos y como un mecanismo de control popular.

 

Miguel Barbosa Huerta una iniciativa que pretende modificar el artículo 109 constitucional para obligar a los servidores públicos a rendir cuentas por sus actos u omisiones en el desempeño de sus respectivas funciones, planteando que los representantes populares sean sujetos de revocación popular de mandato.

 

Al fundamentar la propuesta, el legislador poblano señaló que frente a un Estado en el que los abusos de poder son constantes, las vías de rendición de cuentas débiles y la impunidad cotidiana, la revocación popular de mandato puede ser el mecanismo determinante para propiciar un mejor gobierno.

 

Apuntó que la revocación de mandato es el acto político por medio del cual los ciudadanos manifiestan de manera soberana su voluntad de dar por terminado el mandato que le han conferido a un servidor público.

 

La propuesta del GPPRD establece que el proceso revocatorio de mandato iniciaría con la solicitud de cuando menos el 10 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores correspondiente, y el Instituto Nacional Electoral será el encargado de la verificación, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados en caso de satisfacerse el primer requisito.

 

“Cabe señalar que para procurar la mayor protección de este derecho ciudadano, la resolución del Instituto Nacional Electoral que valide la solicitud no admitirá recurso alguno, mientras que la que determine su improcedencia será subsanable e impugnable en los términos que disponga la Ley”, detalló.

 

No obstante, para evitar que esta carta ciudadana se utilice con fines electorales, se plantea que el proceso revocatorio no podrá solicitarse antes de cumplido el primer año en funciones del representante popular ni tampoco debe iniciarse en la etapa final de su gobierno.

 

Además se incorpora la ininterrupción del proceso una vez validada la solicitud para garantizar la efectividad de la figura; el servidor público deberá ser notificado y se convocará a consulta pública dentro de los treinta días siguientes.

 

“En dicha consulta, se deberá preguntar a la ciudadanía de manera clara, imparcial y neutral si el representante popular debe o no continuar en su encargo”, especifica.

 

La propuesta aclara que la revocación se llevará a cabo cuando la mayoría de los ciudadanos manifiesten su rechazo a que el servidor público continúe en su encargo, sin embargo los votos a favor de la revocación deberán superar los que el funcionario obtuvo en el proceso en que resultó electo.

 

Además señala que en caso de que el resultado de la consulta determine que el servidor público debe continuar en su encargo, éste no será sujeto de una nueva consulta durante el tiempo de su mandato.

 

Las iniciativas fueron turnadas a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación, y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y posterior dictamen.

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