Ley Orgánica de la PGR está eliminando las atribuciones de la FEPADE


VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIONES DE LA VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD EN EL SENADO, DOLORES PADIERNA LUNA EN LA REUNIÓN DE COMISIONES UNIDAS DE JUSTICIA Y ESTUDIOS LEGISLATIVOS SOBRE EL TEMA DE LA FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN   

Primera Intervención:

Sen. Dolores Padierna Luna: Yo no quiero felicitar a la mesa directiva porque nos cambia el dictamen cada dos horas, entonces, se vuelve un asunto inmanejable y ojala fuera todo para bien, se llegaron a mas acuerdos, se mejora, pues que bueno, modifíquenlo mil veces y así queda mucho mejor, pero van para atrás, cada dictamen que leo es para atrás y para atrás y para atrás y este porque hace dos horas yo pensaba votar a favor, pero leyéndolo, este último dictamen es inaceptable, en fin, haremos las reservas del caso, pero no podemos pensar en que se elimine la elevación a rango de la Fepade a nivel de Ley Orgánica  y que ahora la mantengan como una dependencia creada mediante un acuerdo de quien ocupe la titularidad de la PGR; bueno, si el titular lo nombró el Senado de la Republica, ¿cómo mediante acuerdo quien ocupe la PGR va decidir las facultades, la remoción de su titular?, no tiene ningún principio, ni hay un argumento válido, puede responder a cálculos políticos,  pero yo no lo entiendo de otra manera.

Las fiscalías se crearon bajo reserva de ley y debe de ser aprobada por el Poder Legislativo, la PGR está regulada por una Ley Orgánica y, por lo tanto, la modificación de la estructura de esta ley, de las facultades de esta ley  le corresponde al Poder Legislativo, no al titular de la PGR con todo respeto.

 

Una instancia como la Fepade es un tema que le corresponde a la ley y la ley le corresponde al Poder Legislativo; le cambian facultades funciones y escriben varios supuestos, por ejemplo: eliminan sus atribuciones en este dictamen, están eliminando las atribuciones de la FEPADE y la dejan sin sustancia en la Ley Orgánica y a expensas de lo que diga la titular, cuando se supone que le dimos en la modificación constitucional autonomía.

 

Está la necesidad de atender varios temas que les habíamos comentado en comisiones, pero ahora las atienden en sentido contrario, o sea, al revés  no hacia adelante como son los procedimientos de designación y de remoción de los fiscales que en este dictamen pues son borrados por completo; la remoción queda supeditada a decisiones de la titular de la fiscalía y se excluye todo proceso de escrutinio de sociedad.

 

Por otro lado, el tema del presupuesto, desde luego a mí me parecía que en la ley no podíamos establecer porcentajes, sino criterios para una asignación presupuestal, de tal manera que las fiscalías tuvieran un presupuesto suficiente para su funcionamiento eficaz y nos parecía que tener 3 por ciento una, 4 por ciento en la otra de un monto total de casi 16 mil millones de pesos que es actualmente, bueno, es una fortuna que no sé si la soportará el Presupuesto, no debería de ponerse así, pero sí poner que su presupuesto debe de garantizar su funcionamiento.

Por otro lado, el garantizar los aumentos presupuestales anuales debe de ser con base en su efectividad, creando un modelo tal que le permita la presentación de tener autonomía, porque al dejarla sin dientes y sin dinero pues realmente las fiscalías van a carecer de la relevancia de la cual le dimos en la reforma constitucional.

 

Los recursos no deberían de quedar a negociación con los partidos en el caso de las fiscalías autónomas porque se convierte en un riesgo al tener que interactuar con los partidos siendo pues parte de las decisiones.

 

Por otro lado, todo el mecanismo de informes, de rendición de cuentas de los titulares de ambas fiscalías prácticamente se les reduce el alcance, se modifica el dictamen que estipulaba la rendición de cuentas y, ahora, no hay proceso de escrutinio público, no hay rendición de cuentas, o sea,  yo creo que este último dictamen no es aceptable.

 

Detengámonos en el pasado,  en el anterior, en el inmediato anterior a este, porque hay otro, el de ayer tampoco,  el más reciente antes que  este último porque era aceptable, tenía varios acuerdos muy importantes, la creación de la fiscalía de combate a la corrupción se insertaba dentro de la Fiscalía General de la Nación eso fue en la reforma constitucional, ahora que no es tan así porque sigue existiendo la PGR,  pero se le dan funciones, facultades, herramientas legales para que se pueda conducir la investigación ante la obtención de indicios y muchas otras cosas.

 

Nosotros hicimos varias reservas de la anterior, la que estamos leyendo ahorita a vuelo de pájaro porque la entregaron hace media hora o no sé si sólo a nosotros nos la dieron hace media hora y los que están negociando lo tengan desde hace más tiempo, pero nos parece que tan solo el tratamiento que se le da la Fepade es inaceptable y, luego, darle más facultades a la PGR para decidir hasta funciones y cosas de las dos fiscalías es completamente anticonstitucional.

 

Entonces, si esto no se modifica, al menos mi voto será en contra.

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Segunda Intervención:

Sen. Dolores Padierna Luna: Cinco relativo, ejercer atribuciones que la Constitución le señala en la presente ley; cinco relativo, ejercer la facultad de atracción de investigación y persecución de delitos del fuero común cinco relativo, es decir, todas las facultades de la FEPADE las están cancelando, las están anulando, estamos discutiendo la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, si en la Ley Orgánica de la PGR no vienen las facultades, las funciones de la FEPADE,  entonces, las funciones y las facultades se dicta mediante acuerdo, pues ni que no supiéramos, hemos estado también en gobiernos y al dictarse mediante acuerdos queda en subordinación a quien este como titular de la PGR, para que tenga autonomía, para que no dependa de la PGR las facultades, las funciones, las cualidades que van a tener deben de estar en ley, si no está en ley, ahora ¿por qué no van a estar en ley, aun si la propia Constitución establece que es mediante Ley Orgánica que se le van a dar  sus facultades?, no puede ser mediante un acuerdo que se legisle.

En fin, ya explique hace un momento, cómo que no es cierto, si están borrando todas las facultades de la Fepade, sostienen las de anticorrupción, dice la senadora Ivonne que ahorita solamente vamos a ver lo de la Fiscalía Anticorrupción, no vamos a ver, si no hasta el futuro, no sabemos cuándo las funciones y facultades de la otra fiscalía.

 

¿Por qué empezamos con un dictamen de hace meses con facultades de las dos fiscalías y hoy borran todas las facultades de una de las fiscalías?, si la Constitución además ordena poner en la ley las dos fiscalías, ¿qué traman?, ¿qué buscan?, yo no les entiendo, pero esto no cumple los principios parlamentarios mínimos, no es aceptable que se reduzca a un acuerdo las facultades de la Fepade, no es aceptable que no venga en la Ley Orgánica las funciones de una fiscalía que se supone que es autónoma, poderosa como lo dijimos en la reforma constitucional.

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