Propone Verónica González declarar ‘Emergencia Laboral’ cuando la economía no genere empleo suficiente por 18 meses


Con el fin de garantizar el derecho al trabajo consagrado en la Constitución, la senadora Verónica González Rodríguez  propuso establecer en el Artículo 123 de la Carta Magna el supuesto de “Emergencia Laboral”.

 

Al fundamentar la iniciativa, la legisladora del PRD aclaró que esta situación sería declarada por el Congreso de la Unión cuando los indicadores oficiales muestren que en un periodo consecutivo de 18 meses, la economía no genera empleo suficiente y de calidad para satisfacer la demanda de nuestra población.

 

Verónica González informó que la Organización Mundial del Trabajo ha señalado que a nivel mundial existen signos de debilidad y bajo crecimiento económico, situación que lleva a una desaceleración de la economía a nivel mundial, lo que lleva sin equívoco al aumento en las tasas de desempleo.

 

“En México, en 2015, la tasa de desempleo fue de 4.4 por ciento, situación que no refleja una realidad que viven todos los días nuestros ciudadanos y que coincide con la opinión de la OCDE en el sentido de que durante los últimos dos años nuestro país se encuentra con niveles al alza en cuestión de desempleo”, mencionó.

 

Además destacó que al término del presente año se prevé existan 2.4 millones de desempleados, sin que exista una disminución en el 2017, situación que llevaría la tasa de desempleo para 2016 a un 4.1 por ciento, mientras que para 2017 oscilaría en un 4 por ciento.

 

Por ello, Verónica González explicó que su propuesta pretende la protección del trabajo en sus diversas formas mediante la prohibición de despidos y cesantías sin causa, tanto en el sector público como en el privado.

 

Para ello, apuntó, se adoptaran un conjunto de medidas legales que operarán durante un periodo determinado entre las que destacan dar preferencia al impulso del empleo para jóvenes profesionistas.

 

Así como el establecimiento de un régimen universal de Seguro de Desempleo, cuya cuantía no podrá ser inferior al doble del monto de la Línea de Bienestar Mínimo del mes en curso.

 

También propone un régimen especial de sanciones a aquellos empleadores que incumplan el acuerdo de despido sin causa imputable a los mismos.

 

Y señala que la suspensión de la declaratoria únicamente podrá llevarse a cabo tras una amplia consulta con entidades gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil, empresarios y académicos, en donde se determine que dicha situación ha quedado superada conforme una evaluación de impacto entre la población.

 

“La adopción de medidas como las propuestas en esta iniciativa, se erigen en una salvaguarda de excepción en beneficio de los trabajadores, el sujeto por excelencia que merece debida y especial tutela por parte del Derecho del Trabajo así como el más amplio y profundo respaldo por parte de los representantes del pueblo”, concluyo.

 

La iniciativa se turnó a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Estudios legislativos, Primera, para su análisis y posterior dictamen.

 

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