El Estado mexicano debe priorizar y velar por el respeto a los derechos laborales de nuestros ciudadanos: Lorena Cuéllar


Intervención de la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa por la que reforma el artículo 387 del Código Penal Federal

 

Lorena Cuéllar Cisneros (LCC): Con su permiso, señor presidente.

Compañeras y compañeros senadores.

El derecho al trabajo fue el primero en reconocerse de manera específica dentro del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), mismo que en su artículo 6 establece: “el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido”.

 

Esta garantía, se refiere a la posibilidad de integrarse libremente en actividades de producción y prestación de servicios a cambio de un beneficio, que normalmente es económico, para garantizar un nivel de vida adecuado.

 

En nuestro país, la legislación laboral protege este principio estipulando el derecho a condiciones dignas de trabajo; a la libertad de escoger actividad laboral; al derecho a una remuneración adecuada, a una jornada pre-establecida; a períodos de descanso remunerado; a constituir sindicatos y afiliarse a los mismos; el derecho de huelga; de equidad por remuneración y a la igualdad en el trato.

 

Como puede apreciarse, se trata de un derecho que depende de múltiples elementos jurídicos que interactúan entre sí, acompañados de variables asociadas a indicadores económicos, educativos, de competencia e incluso condiciones sociales de cada persona.

 

Por lo tanto, garantizar el ejercicio de los derechos laborales es una situación que demanda la generación de condiciones básicas, tanto en materia legislativa como presupuestal e institucional; junto con la implementación de medidas que no sólo permitan el acceso al trabajo, sino a uno de calidad con prestaciones de ley.

 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha desarrollado un concepto de trabajo decente,mismo que contempla la estipulación de un contrato, remuneración justa y el derecho a recibir prestaciones sociales básicas, entre otras disposiciones, con la finalidad de que los trabajadores puedan desempeñar sus labores en ambientes seguros, cuenten con un crecimiento y capacitación, puedan superarse profesionalmente, incluso mejorar su calidad de vida y la de sus familias.

 

Este concepto forma parte de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible de la ONU; por ende, los Estados miembros han aceptado el compromiso de alcanzar metas trazadas para este objetivo, situación que se ve más complicada para las economías en desarrollo, ya que de acuerdo con la OIT, en su informe sobre el trabajo en el mundo 204 la principal fuente de ingresos de los hogares sigue siendo la remuneración que se recibe directamente de un empleo, y donde gran parte de estos empleos se generan en el sector informal, mismo que opera fuera del marco normativo, pero genera gran parte del  flujo del capital en estos países.
En nuestro país se vive una situación similar, en  los últimos años no se han podido crear los puestos de trabajo suficientes en cuanto calidad y cantidad, manteniendo grandes tasas de ocupación en el sector informal, rotativo y sin especialización, capacitación, prestaciones, salarios suficientes o condiciones adecuadas de trabajo dando como resultado una problemática que lleva mucho tiempo sin encontrar solución, y que sólo se ha ido agravando por la falta de atención por parte de las autoridades en la materia.

 

De acuerdo con el INEGI, al segundo trimestre de 2015, 2.3 millones de personas se encontraban en desempleo cifra que se mantiene estancada al compararla con el mismo periodo del año anterior, no obstante, el subempleo va a la alza, pues las personas que buscan un empleo sumaron 4.2 millones cifra superior en 150 mil personas a la registrada en 2014.

 

En el mismo sentido se ve el comportamiento de la informalidad, el INEGI detalló que las modalidades de empleo informal sumaron 29.1 millones de personas para un avance de 2.5 por ciento respecto del mismo periodo del 2014, es decir, sumaron 697 mil personas en la informalidad durante el año anterior.

 

Dentro de los sectores más afectados por estas condiciones son las personas jóvenes y, muy particularmente las amas de casa, ya que se encuentran en una situación que llega a ser determinante para que las empresas les nieguen un empleo bajo el pretexto de la inexperiencia o la disponibilidad de tiempo, o de edad.

 

por lo tanto, tienen que buscar acceder a espacios de trabajo que se ofrecen bajo el engaño y en donde incluso se les llega a solicitar una “inversión inicial” para capacitación o para formar parte como “socio” de alguna empresa.

 

A lo largo de nuestro país existen muchas demandas por parte de nuestros ciudadanos de supuestas empresas que ofertan puestos de “recepcionistas”, “auxiliares de oficina”, “encargados” e incluso para trabajo desde casa “empaquetando” productos de marcas reconocidas en el mercado; en jornadas de 4 horas y con sueldos por encima de lo que normalmente puede encontrarse en el mercado laboral y que suelen ir de los 800 a los 1,200 pesos semanales.

 

Sin embargo, estas ilusiones se desvanecen conforme las personas van atravesando los filtros o “etapas”, pues llegado el momento les llegan a solicitar dinero para una supuesta “inversión inicial”, que suele concluir en la venta de cosméticos, perfumes o algún artículo para venta de cambaceo.

 

Las personas, muchas veces desesperadas por la crisis que atraviesan a nivel económico, llegan a ser víctimas de estos timadores, mismos que incluso llegan a robar la identidad de las personas, aportando datos a grupos delictivos para realizar fraudes de todo tipo que incluso llegan a trascender las fronteras pues se han documentado casos de ofertas laborales para otros países.

 

Este tipo de anuncios son comunes en internet y en la mayoría de clasificados de los periódicos, por ello, es necesario incidir en este tipo de conductas que están afectando la vida de millones de personas, afectando su patrimonio jurídico mismo que es protegido penalmente cuando se comente fraude en su contra, conforme a lo contenido en los artículos 386 y 387 del Código Penal Federal, donde es señalado el fraude genérico y las sanciones contempladas para el mismo, por ello, con la presente Iniciativa buscamos especificar este tipo de fraude para tipificar la conducta ya descrita.

 

Como bien sabemos, la mayoría de personas que son víctimas de estos problemas no cuentan con los recursos suficientes, por lo que una vez que son defraudados no es factible que presenten una denuncia y sigan un procedimiento que implicaría un costo adicional por lo que el defraudador continua impune e incidiendo en este tipo de actos, por ello, con esta reforma se facilitaría este proceso al otorgar una herramienta para tipificar la conducta en una demanda.

 

Estamos ante una situación compleja que requiere nuestra atención inmediata, más aun si consideramos la grave crisis de empleo de calidad por la que atraviesa nuestro país y que ha sido alertada por distintos organismos internacionales, el Estado mexicano debe priorizar acciones que resuelvan esta problemática y velar porque el respeto a los derechos laborales de nuestras y nuestros ciudadanos sea legítimo.

 

Es cuanto, señor presidente

 

0-0-0