La violencia familiar debe integrarse en la agenda de Gobierno como una problemática social: Lorena Cuéllar


Intervención en tribuna de la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa por la que se adicionan los artículos 8 y 19 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Lorena Cuéllar Cisneros (LCC): Con su permiso, señora presidenta.

La suscrita, presentamos a esta Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la fracción I del artículo 8 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 8 y 19 de la Ley General de Desarrollo Social,  al tenor de la siguiente exposición de motivos:

En opinión de la Organización Mundial de la Salud (OMS), no existe país alguno o comunidad a salvo de la violencia. Día con día son desafortunadas las imágenes y descripciones transmitidas en los medios de comunicación donde muestran el azote de actos violentos que ocurren en nuestras calles, escuelas o centros de trabajo.

Se trata de un grave problema que amenaza nuestra vida, la salud y la tranquilidad de nuestros espacios recreativos, impactando de manera muy particular en la disociación del tejido social comunitario que se ve mermado cuando las personas tienen que aislarse para mantenerse a salvo.

La OMS ha definido a la violencia como el “el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas posibilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”, por ello, desde la 49ª Reunión Mundial de la Salud celebrada en mayo de 1996, la violencia fue declarada como un asunto de salud pública.

Bajo este contexto, se integra la violencia familiar, que comprende el maltrato a menores, la pareja o bien personas adultas mayores. Se trata de un tema que permanece oculto, tolerado y aceptado, de tal manera que nunca pasó a integrarse en la agenda de Gobierno como una problemática social.

Nuestra Constitución reconoce una serie de derechos para el individuo sustentados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyos razonamientos pueden concluir que los derechos, siendo iguales para todos, adquieren formas especiales en función de quien los ejerce.

Por tanto, la familia se ha convertido en un ámbito propicio para la emergencia de conflictos entre sus miembros y en donde se ha cobijado la violencia familiar como una forma generalizada y tolerada de discriminación contra mujeres, menores de edad y adultos mayores.

Si consideramos que la familia establece en su interior pautas democráticas de conducta social, debemos reconocer que la violencia familiar debe visualizarse como el fracaso de la misma como instancia de control social puesto que ese es el espacio que más debe proteger a sus integrantes; y por ende, el Estado debe replantear su papel para intervenir al interior a través de normas que regulen las relaciones entre los miembros y para evitar y castigar las conductas violentas de quienes ejercen el poder sobre los más desprotegidos, mismos que en su mayoría suelen ser mujeres, menores o bien adultos mayores.

De acuerdo con un estudio suscrito por una Investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales, a causa de la violencia doméstica cada 9 días muere una mujer en nuestro país, además, más del 80 por ciento han sufrido violencia familiar, laboral, de comunidad e institucional.

Una encuesta elaborada en 2013 por el Gabinete de Comunicación Estratégica muestra que en nuestro país padecen violencia 20 millones de hogares; además, el 80 por ciento de los encuestados considera que los problemas en el seno familiar puede solucionarse dialogando; por otra parte 9 de cada 10 mexicanos sabe que las mujeres y los menores son las principales víctimas de maltrato, dicha idea se fortalece en el Informe sobre el tema que emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en 2012, donde reveló que alrededor de 28.6 millones de hogares existe violencia familiar, siendo las principales víctimas niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad.

En cuanto al tipo de violencia, el sondeo de opinión pública ya citado, señala que 3 de cada 10 personas consideró que las amenazas y la manipulación son las formas más comunes de violencia; le siguen las agresiones verbales; la violencia física y las agresiones sexuales.

Por otra parte, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), alertó de que en México, de los 39 millones de menores de edad, seis de cada 10 han padecido violencia en el hogar o la escuela, misma que se encuentra asociada a la ruptura de vínculos familiares, hambre, desnutrición, carencias e incapacidad para acceder a sus derechos. Como puede apreciarse, la violencia genera una baja en el nivel de vida de nuestra población, y es un elemento fundamental para la marginación y desintegración, por ello, es necesario fortalecer las políticas instrumentadas en la materia, se trata de un problema estructural que requiere atención urgente e inversión por parte de nuestro Gobierno.

En la actualidad el modelo de intervención ante un caso de violencia doméstica no es suficiente para auxiliar en lo inmediato a personas que se encuentran en constante ataque, incluso, existen sondeos de opinión de mujeres que tienen que resistir las agresiones y evitan acudir ante las autoridades a denunciar porque no tienen a dónde irse a vivir cuando se encuentran en una vivienda familiar en propiedad de quien les ejerce violencia.

Por lo anterior, es necesario considerar como una opción su inserción a una vivienda donde puedan reconstruir un núcleo familiar en tranquilidad y, dado el caso, que la autoridad lleve a cabo las investigaciones necesarias para intervenir legalmente al apoyo de dicha familia.

Es importante señalar que esta opción es considerada dentro del marco jurídico eje de desarrollo social porque, aunque todo sujeto de violencia puede ser sujeto de asistencia social, consideramos que una visión que les integre de tranquilidad potencializa sus capacidades y garantiza el ejercicio de sus derechos.

Cuadro de cambio de propuesta:

Texto vigente en la Ley General de Desarrollo Social.

Artículo 8. Toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.

Nuestra propuesta de adiciones es en el artículo 8:

Toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.

La Secretaría en conjunto con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, pondrá en operación un Programa Especial de unidades habitacionales destinadas a víctimas de violencia doméstica con el objetivo de garantizar su integridad personal y salvaguardar sus derechos.

Son prioritarios y de interés público:

Los programas de vivienda, incluidos los de unidades habitacionales para víctimas de violencia doméstica.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente Proyecto de Decreto.

Único. Se adicionan los artículos 8 y 19 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar de la siguiente manera:

Ley General de Desarrollo Social

Artículo 8. Toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.

La Secretaría en conjunto con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, pondrá en operación un Programa Especial de unidades habitacionales destinadas a víctimas de violencia doméstica con el objetivo de garantizar su integridad personal y salvaguardar sus derechos.

Son prioritarios y de interés público: Los programas de vivienda, incluidos los de unidades habitacionales para víctimas de violencia doméstica.

Transitorios. Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señora presidenta.

 

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