Leyes generales contra desaparición de personas y tortura serán discutidas en próximo periodo de sesiones: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, durante conferencia de prensa conjunta con el senadora Fernando Yunes, presidente de la Comisión de Justicia, para referirse a las iniciativas enviadas por el Ejecutivo federal en materia de desaparición de personas y tortura.

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): 

 

Buenos días, les agradecemos mucho la presencia, el senador Yunes en su calidad como Presidente de la Comisión de Justicia y su servidora desde la Comisión de Derechos Humanos, somos dos de las comisiones que tenemos que dictaminar las iniciativas que se encuentran en comisiones y también ahora con la inclusión de las dos iniciativas que acaba de mandar el presidente Peña y que seguramente en la sesión de hoy serán turnadas a nuestras comisiones.

 

Queremos decirles que ya no va a haber tiempo para que podamos dictaminar ahora, prácticamente estamos al final del período; hay observaciones de diferencias entre las dos iniciativas y algunas cuestiones que nosotros hemos planteado en nuestras diversas iniciativas.

 

Ustedes saben que en el caso de tortura, al igual que desaparición, queda incluida en la Constitución y debimos haberla dictaminado antes de que terminara el año y no va a ser posible, entonces nos vamos al año que entra.

 

Ahorita entramos si quieren en materia, le voy a pedir al presidente de la Comisión de Justicia el senador Yunes nos haga algunos comentarios respecto a esto…

 

ADLPG: Es importante señalar que las discusiones, aunque tienen muchas coincidencias las dos iniciativas del Presidente, habrá discusiones de manera particular en algunos temas, sobre todo a partir de la interpretación , de la armonización,  de las Convenciones tanto de Naciones Unidas como la Convención Interamericana en cada una de estas materias, y en ese sentido tenemos que ponernos de acuerdo para definir los tipos penales, cuáles son los bienes jurídicos que protegen cada una de estas iniciativas, quiénes serían, a quiénes se fincarían las responsabilidades penales, qué pasa también con las distintas instituciones que tienen que crearse en cada una de las dos leyes.

 

Nos preocupa sobremanera que en la parte del Presupuesto se esté tomando consideración de una previsión hasta el 2017, desde nuestro punto de vista creemos que en el próximo periodo que inicia en febrero, estaríamos dictaminándolas, es importante destacar que sea en conferencia con la Cámara de Diputados para que pueda lograrse en el próximo periodo, y entonces esto quiere decir, que quizás antes de la mitad del año estarían promulgándose las dos leyes, en estas dos materias, tanto de tortura como desaparición de personas, desaparición forzada y desaparición entre particulares.

 

Y por supuesto entonces tendría que estar implementándose los distintos mecanismos de las dos leyes a partir de la mitad del año que entra. De tal manera que si no hay una previsión presupuestal por parte de hacienda, entonces vamos a tener un impasse varios meses, prácticamente de más de la mitad del año que hagan complicada la aplicación, la aplicabilidad de estas dos leyes como dos leyes únicas.

 

 

Sesión de preguntas y respuestas.

 

P.- Las preocupaciones y las diferencias que ustedes han visto en términos generales entre las iniciativa que ya están aquí en el Senado y las que envió el Ejecutivo.

 

ADLPG: Bueno la primera es en el tipo penal, nos parece que hay una interpretación correcta en el caso de desaparición forzada y desaparición entre particulares que son dos tipos penales, eso coincidimos con la del Ejecutivo; en el caso de la Tortura, no estamos de acuerdo que sean dos tipos penales. El de “Tortura” y el otro, “Tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

 

Nos parece que tiene que ser un solo tipo penal, así lo está planteado la Convención, en este caso la Convención Interamericana, y necesitamos tomar en cuenta que debemos definir el tipo penal a partir de la Convención más progresista, en ese caso es la interamericana; en el caso de desaparición es al revés, nos parece que está definido mucho más avanzada los tipos penales en el caso de la Convención de Naciones Unidas.

 

Eso sería la primera cuestión de entrada a entrada, en el primer capítulo tendríamos que definir los tipos penales de ambas iniciativas que es una cuestión diferente.

 

En el caso de desaparición forzada, por ejemplo en el caso de la mía, no hay, nosotros establecemos un mecanismo importante que es la, el registro de personas detenidas, la desaparición se ha perpetrado, así se ha dicho por muchos organismos de defensores de derechos humanos y también de organismos internacionales, precisamente a partir de que detiene a una persona se le tortura, se les pasa la mano, muere y la desaparecen.

 

Por eso es importante que estas iniciativas sean dictaminadas al unísono aunque sean dos leyes distintas porque tienen una interrelación, y el registro de personas detenidas -que es lo que le falta en la iniciativa del Ejecutivo- es importante porque necesitamos saber con toda precisión cuándo una persona es detenida y qué pasa con ella al final; o sea, tenemos que seguir la ruta a dónde va y saber qué pasó con ella al final, ¿fue llevada a una demarcación?, ¿fue puesta a disposición del Ministerio Público?, ¿se le fincan responsabilidades?, ¿va a al juez?, etcétera, etcétera o sale libre qué sé yo, pero sí necesitamos que haya un registro de qué pasa con todas las personas detenidas, por cierto en todo el país.

 

Esos serían algunos de las dos asuntos que nos parecen importantes. En el caso de la tortura sí es importante establecer con mayor puntualidad, qué va a pasar con el Mecanismo contra tortura, el Mecanismo de Prevención de Tortura que tiene la Comisión Nacional de Derechos humanos que la ley no define de manera puntual.

 

 

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