¿Cómo seleccionar a los mejores? / Milenio


  • Quienes lleguen a la Corte deben garantizar que sus actos se ajusten a la estricta aplicación de la Constitución y de la ley, y no estén influidos por los círculos del poder público o privado.

En los regímenes democráticos, la selección de las altas autoridades del Poder Judicial se ha convertido en un tema cada vez más importante. No es para menos. Un principio fundamental de un Estado moderno se encuentra en el equilibro de poderes y en la existencia de efectivos controles democráticos.

 

En naciones como Estados Unidos existe un procedimiento exhaustivo y prácticamente público en todas sus etapas para elegir a los integrantes de su Corte Suprema. En Japón, Inglaterra, Alemania e Italia se han tenido que hacer reformas específicas en años recientes para fortalecer la independencia de sus máximas autoridades judiciales.

 

En Estados Unidos, el Senado, por medio de su Comisión Judicial, ha adoptado procedimientos detallados para evaluar a un candidato, una vez que ha sido propuesto por el Presidente. La Comisión envía a cada candidato un exhaustivo cuestionario sobre datos personales para obtener información relativa a sus antecedentes de práctica jurídica, su patrimonio y producción intelectual, la mayoría de las respuestas son públicas, con excepción de aquellas que provienen de la investigación realizada por el FBI.

 

La Comisión formula y envía preguntas adicionales, muchas de éstas provenientes de la prensa o de ciudadanos interesados. Asimismo, se pide información a las organizaciones para las cuales ha trabajado el aspirante a integrar la Suprema Corte estadounidense.

 

Es costumbre que el Senado invite a la American Bar Association (Colegio de Abogados) a que evalúe a los candidatos en sus capacidades profesionales. Esta asociación examina los antecedentes personales y las opiniones judiciales que el candidato haya publicado, así como sus declaraciones y obra impresa. Recurre a grupos de profesores de derecho y a especialistas en la Suprema Corte. Lleva a cabo entrevistas exhaustivas y confidenciales con jueces y abogados. Luego la Asociación entrevista al candidato y, finalmente, prepara un informe que presenta al Senado.

 

Después de esto, el candidato declara ante la Comisión Judicial y responde a preguntas de ésta. Los representantes de organizaciones y ciudadanos interesados pueden pedir ser citados a declarar y responder preguntas  sobre el candidato. Tras la audiencia, la Comisión recomendará o no, que se confirme al aspirante. Finalmente el Senado acepta o no la recomendación de la Comisión.

 

El pasado viernes 13 de noviembre, el Presidente de la República envió sus propuestas de ternas para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Para cubrir la vacante de la ministra Olga Sánchez Cordero, propuso a Sara Patricia Orea Ochoa, a Norma Lucía Piña Hernández y a Verónica Judith Sánchez Valle. Y para cubrir la vacante del ministro Juan Silva Meza, propuso a Álvaro Castro Estrada, Alejandro Jaime Gómez Sánchez y a Javier Laynez Potisek.

 

El Grupo Parlamentario del PRD en el Senado actuará con profunda responsabilidad  en el desahogo del procedimiento para designar a dos integrantes de la SCJN, propondrá que éste se ajuste a mecanismos que permitan que en la evaluación de las ternas participe la sociedad, a través de universidades, juristas, organizaciones y en general, todo interesado.

 

Quienes lleguen a la Corte deben garantizar que sus actos se ajusten a la estricta aplicación de la Constitución y de la ley, y no estén influidos por los círculos del poder público o privado.

 

Como lo señalan investigadores como Kirkland y Ellis: el bienestar y felicidad general de los ciudadanos de un país depende directamente del grado de consolidación del Estado de derecho de una nación, para lo cual resulta indispensable un poder judicial independiente que pueda velar por su vigencia. XXX   TWITTER: @MBarbosaMX