Que ejercicio de licencia por maternidad no requiera autorización médica, plantea Fidel Demédicis


Intervención en tribuna del senador Fidel Demédicis Hidalgo, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen por el que se reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social y el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional.

 

Fidel Demédicis Hidalgo, (FDH): Sí, con su venia, presidente, y con la venia de mis colegas senadores.

 

No se requiere ser médico en este caso, se requiere ser un defensor de los derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado o al servicio de la iniciativa privada.

 

Porque estamos hablando de un derecho que históricamente ha sido respetado en el sector público, los que en algún tiempo hemos sido representantes sindicales en el sector público, se han hecho acuerdos con el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado con la finalidad de que sea la trabajadora la que solicite de manera expresa que requiere más tiempo para después de tener a su hijo.

 

Y en ese sentido, si esta ley, esta reforma legal que está proponiendo la Comisión de Salud pretende hacerla un derecho; un derecho no se anda solicitando ni se anda pidiendo que por favor se dé, por eso se llama derecho.

 

Pudiéramos decir que ningún trabajador tiene que andar solicitando que por favor le paguen; si ejerce un trabajo, tiene derecho a que se le pague un salario.

 

En ese sentido estamos viendo que ante la posibilidad de que haya represiones políticas de parte de quien va a autorizar a la persona que está solicitando dos semanas posteriores al parto para tener más atención de su bebé, que no estén expuestas a ninguna posibilidad de negación.

 

En ese sentido, en ese sentido, estamos proponiendo que toda la parte donde dice “previa autorización escrita del médico, de la institución de seguridad social que le corresponda, tomando en cuenta la opinión de los titulares de las dependencias o entidades y la naturaleza del trabajo que desempeñe”, se elimine porque no se alcanza el rubro de derecho.

 

Es decir, no se cumple el propósito de que se tipifique como eso. El derecho es precisamente algo que no tiene cortapisa para que ejercerse.

 

Por eso, compañeros senadores, compañeras senadoras, yo sí quiero pedirles que reflexionemos sobre todo el tema que tiene que ver con el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al servicio del Estado para que esta parte se elimine y la compañera, la trabajadora tenga esa posibilidad de ejercer ese derecho cuando ella lo juzgue pertinente, no hasta que se lo autorice el médico o no hasta que dé el visto bueno el responsable de la dependencia.

 

Porque entonces ya no sería un derecho, porque su solicitud quedaría al arbitrio del médico y quedaría al arbitrio del titular de la dependencia.

 

Como defensor de los derechos de los trabajadores, yo sí quiero pedirles que este Senado tiene que buscar la forma de que las mujeres que tengan necesidad, no estén a expensas de que alguien les autorice o no les autorice, sino que sea en automático el hecho de que si hacen la solicitud, en automático está garantizado que van a poder gozar dos semanas más posteriores al parto.

 

Por eso les pido que se analice la propuesta que estamos haciendo para que el Senado pueda convertir esta situación particular de las mujeres en estado de embarazo en un derecho y no en una potestad de un médico o de un titular de una dependencia.

 

Por su atención, muchas gracias.

 

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