Fortalecer autonomía, igualdad sustantiva y democratización en el Poder Judicial: Angélica de la Peña


Intervención de la senadora Angélica de la Peña Gómez para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de designación de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y fortalecimiento al Poder Judicial de la Federación.

 

 

Angélica de la Peña Gómez (ADLPG): 

 

Gracias señor presidente.

 

Además de quienes usted nombró, está también el Senador Zoé Robledo y quiero informarles a ustedes que el contexto de esta iniciativa sigue insistiendo en buscar garantizar una plena independencia de uno de los poderes de la Unión que es el Poder Judicial y al tenor de ese objetivo es que hemos planteado esta iniciativa, y quiero recordar un precepto de un jurista italiano Piero Calamandrei, que en mil novecientos treinta y cinco escribió en su obra “El Elogio de los jueces” lo siguiente:

 

“El Estado siente como esencial el problema de la selección de los jueces porque sabe que les confiere un poder mortífero que mal empleado puede convertir en justa la injusticia. Obligar a la majestad de las leyes hacerse paladín de la sinrazón.

 

Y también señaló: “no es honesto cuando se habla de los problemas de la justicia, refugiarse tras la cómoda frase hecha de que la Magistratura está por encima de toda crítica y de toda sospecha como si los Magistrados fueran seres sobrehumanos, a quienes no alcanzarán las miserias terrenales y por tanto intangibles, el que se conforma con las necias adulaciones ofende la seriedad a la magistratura a la que se honra no adulándola sino ayudándola a que se mantenga  a la altura de su misión.“ Mil novecientos treinta y cinco.

 

Ha pasado mucho desde entonces, una nueva organización de las Naciones Unidas después de una Segunda Guerra Mundial, desastrosa para la humanidad; nuevos pactos sobre Derechos Humanos a partir de mil novecientos cuarenta y cinco, empezando con la Carta de las Naciones; igualmente todos los continentes, todos los procesos para configuración, distintos tratados internacionales y por supuesto finalmente el logro del Tratado de Derechos Humanos de las Mujeres, la Convención para la Eliminación de todas las formas de la Discriminación.

 

¿Por qué es importante mencionar esto?

Porque la discusión en la que vamos a entrar próximamente en el Senado de la República tiene que darse a partir de las ternas que tiene que presentar el Presidente de la República para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tienen que presentarse desde dos rutas que me parece no debemos dejar de observar con toda precisión.

 

En primer lugar todavía seguir arrastrando el gran poderío que tiene, que conduce uno de los tres Poderes de la Unión, que es el titular del Poder Ejecutivo Federal y el otro gran pendiente que tiene que ver con la igualdad sustantiva.

 

¿Por qué nos preocupa?

 

Porque en esto momentos en que el país está atravesando una grave situación de violencia, de inseguridad, de desconfianza en las instituciones, también retos para lograr que los derechos humanos plasmados en la Constitución se conviertan efectivamente en la ruta que consolide la gobernanza como la que se dedica precisamente a resolver y garantizar mejores condiciones de vida de todas las personas, sin ningún tipo de discriminación y bajo ninguna índole.

 

Hoy nuevamente vamos a entrar al reto de quién vamos a nombrar a partir de ternas que tendrá el Presidente de la República, creemos que esa ruta tiene que transformarse, también tiene que entrar a la dinámica de las reformas estructurales en las que hemos entrado en los últimos años, para tener una Constitución Política acorde a los nuevos tiempos y sobre todo se armonice a los preceptos a los tratados internacionales que México ha aprobado.

 

Por eso es que el día de hoy a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática estamos insistiendo en la independencia de las y los Ministros de la Suprema Corte, porque constituye una condición sine qua non para que el Poder Judicial ejerza sus funciones con un mínimo de objetividad, transparencia e imparcialidad, y contribuya así a la consolidación y la calidad de un Estado Democrático, de un Estado de derechos y por lo tanto pues es fundamental contar con Ministras y con Ministros independientes pero también idóneos.

 

Hoy estamos proponiendo a su consideración diversas reformas a la Constitución que tiene como cometido que el Ejecutivo federal no participe más en  proponer las ternas, que tienen  que dirimirse y votarse por dos terceras partes de este Senado, y por lo tanto, que sean os Colegios de Abogados, los Tribunales Superiores de Justicia, para tengamos las dos rutas de expertos y expertas constitucionalistas, desde la academia docta, pero también de quienes están trabajando desde la carrera en el servicio judicial para que puedan aspirar a ser tomados en consideración a tan alto encargo dentro del propio poder en el que participan.

 

Segundo, que el presidente o la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no presida el Consejo de la Judicatura Federal, esto para lograr incidir también en una democratización dentro del Poder Judicial y que este Consejo que hoy pareciera como un elefante blanco, se convierta en una especie de asunto internos dentro del Poder Judicial y no solamente oriente, capacite, forme, profesionalice, sino también vigile internamente la conducta de juezas y jueces.

 

Eliminar las prebendas y canonjías que no sean las que deriven de la seguridad social, un reclamo que se nos hace desde todas las voces para quitar esta especia de situación privilegiada que, además de ser muy lamentable en un país con tanta pobreza, pues también refleja una situación de gran desigualdad que debemos quitar y que no es acorde a un país democrático; hay países que están en mejores condiciones económicas que nosotros, que México, y quienes están asumiendo los cargos desde todas las instituciones, tiene salarios, tienen dietas acordes a su investidura y acordes también a las otras, a los otros sueldos que tienen otros profesionales en otras materias.

 

Y por supuesto, nos importa mucho que dentro la propia carrera judicial también se instaure la igualdad sustantiva; es importante señalar que en este sentido necesitamos contextualizar de manera clara y precisa cuál es la diferencia de la igualdad inscrita en el siglo V, entonces por San Agustín, y lo que ahora hemos construido la igualdad sustantiva que tiene que dedicarse a resolver todas  las situaciones de discriminación contra las mujeres y, por supuesto, integrarlas de manera eficaz, de manera efectiva en la conducción de manera paritaria en todo lo que las instituciones tienen que hacer.

 

Por eso, el día de hoy presentamos las reformas a la fracción VIII del artículo 76; el onceavo párrafo al artículo 94; las fracciones IV, VI y el último párrafo del artículo 95; el artículo 96; el segundo párrafo del artículo 100; los párrafos quinto y séptimo del artículo 100. Se adicionan al doceavo párrafo del artículo 94; las fracciones I a VIII al cuarto párrafo del artículo 100; las fracciones I a VI del artículo 111 y se derogan la fracción XVIII del artículo 89; la fracción III del artículo 127, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Muchas gracias por su atención.

 

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