Zoé Robledo propone expedir Ley Federal para Protección de los Denunciantes e Informantes de Actos de Corrupción


Con el fin de facilitar e incentivar la denuncia en actos de corrupción y proteger a los denunciantes y testigos, los senadores del PRD Zoé Robledo, Armando Ríos Piter y Benjamín Robles Montoya propusieron expedir la Ley Federal para Protección de los Denunciantes e Informantes de Actos de Corrupción.

 

Al fundamentar en tribuna, el senador Zoé Robledo subrayó que es necesario que en México las personas que divulguen información reservada que revele violaciones de derechos humanos, actos de corrupción o infracciones graves a la ley no sean sujetos de responsabilidades penales o administrativas.

 

“La actividad que realizan los informantes, conocida ampliamente en el plano internacional como whistleblowing resulta ser una herramienta eficaz en el combate a la corrupción que realizan las democracias liberales más consolidadas”, mencionó.

 

El legislador por Chipas aseveró que, en México, quienes realizan este tipo de acciones valerosas carecen de protección legal o constitucional. Por ello, dijo, es fundamental emitir una norma legal federal para que quienes realicen estas denuncias no sufran represalias.

 

“El hecho de no contar con un fuero ciudadano que proteja a toda persona que, por compromiso ético desee revelar información relativa a actos de corrupción que esté a su alcance, sólo propicia condiciones favorables para la ilicitud y el agravio al interés público”, expuso.

 

Por tal motivo, Zoé Robledo indicó el PRD busca proteger a aquellas personas que denuncian actos de corrupción ante las autoridades y que testifican de ellos, pero al mismo tiempo proteger a los informantes que no quieren o que no pueden ampararse en el gobierno.

 

Explicó que en el caso de los informantes, la iniciativa pretende garantizar que no se les sancione y se persiga a los servidores públicos o miembros de fideicomisos, de sindicatos, de partidos políticos, personas físicas o molares responsables que divulguen información de interés público que fue reservada de manera incorrecta o de manera indebida.

 

El documento presentado al pleno del Senado especifica que para la operación de esta ley es necesario que la denuncia se haga actuando de buena fe y que la información que se revele sea sobre casos graves de corrupción, la existencia de amenazas graves para la salud, la seguridad o el medio ambiente y violaciones de derechos humanos o del derecho internacional humanitario.

 

En todos los demás casos se procura incentivar la denuncia a través del Sistema Nacional Anticorrupción.

 

En tribuna, el chiapaneco enfatizó que lo que se busca es otorgar asistencia legal y la reserva de la identidad del denunciante, por lo que la iniciativa contempla medidas adicionales para la protección de denunciantes y testigos.

 

Como el traslado del centro de trabajo, licencia con goce de sueldo; protección policial, medidas cautelares; cambio de residencia u ocultación del paradero del denunciante, operando un poco en la lógica del testigo protegido; y otras más según cada caso particular.

 

Finalmente, en el documento se señala que toda persona que tenga conocimiento de un acto de corrupción tiene la obligación de denunciar ante las autoridades los hechos, para su posterior investigación y sanción, sin que por ello se vea vulnerada su integridad personal, la de sus bienes, ni sus condiciones de trabajo.

 

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y posterior dictamen.

 

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