Lamentable actuación de la PGJDF en el caso Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre: Angélica de la Peña


La inminente exoneración de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, como han difundido algunos medios de comunicación, será un caso más de impunidad y un descalabro para la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) en el combate a la trata de personas, lamentó la senadora Angélica de la Peña Gómez.

 

Señaló que si bien la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos vigente resulta inaplicable por los graves errores y contradicciones jurídicas que complican la labor de sus operadores, “se esperaba que la investigación iniciada por la PGJDF lograra encontrar elementos que permitieran aplicar los preceptos de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal”, añadió.

 

De la Peña dijo que “cuando menos se podría haber solicitado el ejercicio de acción penal por el delito de acoso conforme el Código Penal del Distrito Federal en su artículo 179, sin embargo, todo parece indicar que Gutiérrez de la Torre no recibirá sanción alguna”.

 

La senadora del PRD indicó que otro sería el derrotero para Gutiérrez de la Torre si las modificaciones a la legislación contra la trata de personas, aprobadas y turnadas por el Senado de la República, hubieran sido ya aprobadas por la Cámara de Diputados y publicadas, porque según el artículo 10 podría configurarse la tentativa del delito de trata de personas con fines de explotación, lo cual implicaría la imposición de 10 a 25 años de prisión y multas de cinco mil a cincuenta mil días de salario mínimo vigente.

 

La senadora de la Peña estableció que también basándose en el artículo 32 –de la reformas aprobadas por las y los senadores- podría sancionarse, con pena de 2 a 7 años de prisión y de 500 a un mil días multa, la solicitud o contratación a un medio impreso, electrónico, cibernético, o cualquier otro medio de comunicación, un espacio para la publicación de un anuncio que encuadre en cualquier de los supuestos de publicidad ilícita o engañosa con el fin de facilitar, promover o procurar que se lleve a cabo cualquiera de las conductas delictivas objeto de la Ley contra la Trata de Personas.

 

Finalmente la senadora Angélica de la Peña señaló que espera que las y los diputados federales electos para la LXIII Legislatura en San Lázaro reactiven la discusión sobre la reforma contra la Trata de Personas y se concrete una legislación eficaz y plenamente aplicable para sancionar debidamente y erradicar un delito que se ha convertido en la tercera fuente de ingresos de la delincuencia organizada trasnacional.

 

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