Matrimonios igualitarios deben inscribirse en legislaciones estatales: Angélica de la Peña


La senadora Angélica de la Peña exhortó a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a implementar las reformas legislativas a los Códigos Civiles, a la legislación familiar y demás disposiciones correspondientes que nieguen, restrinjan o anulen el acceso de las parejas del mismo sexo al matrimonio igualitario.

A través de un punto de acuerdo, la legisladora del Grupo Parlamentario del PRD señaló que negar a las parejas no heterosexuales el reconocimiento que les puede asegurar el acceso a derechos asociados al matrimonio o simplemente a decidir formar una familia, tales como la seguridad social, beneficios fiscales, la herencia, los derivados de la muerte de uno de los cónyuges o pareja, es ilegal e injusto, afirmó la senadora Angélica de la Peña.

Destacó que la Constitución reconoce y protege todos los derechos de todas las personas por el simple hecho de que son personas, espíritu garantista que  debió refrendar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al considerar inconstitucionales y discriminatorias las leyes de los estados que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La senadora del PRD subrayó que los Códigos Civiles y Familiares que actualmente constriñen el matrimonio a la unión entre una mujer y un hombre, trasgreden el principio de igualdad y no discriminación al hacer una distinción entre parejas homosexuales y parejas heterosexuales que genera un régimen de “separados pero iguales”.

Al fundamentar su propuesta, explicó que la Primera Sala de la SCJN reafirmó que no existe ninguna justificación racional para negar el acceso al matrimonio a las parejas homosexuales, aun cuando existiera un régimen jurídico diferenciado al cual pudieran optar dichas parejas en lugar de casarse, incluso si la figura en cuestión tuviera los mismos derechos que el matrimonio, pues se les reconocería un conjunto incompleto de derechos siguiendo su orientación sexual.

De la Peña Gómez resaltó que la intervención de la SCJN fue obligada ante la negativa de autoridades municipales y estatales a aplicar los preceptos que brindan la mayor protección a los derechos humanos, en este caso, a las parejas del mismo sexo que solicitan contraer matrimonio.

Señaló que el cambio cultural y la aceptación social de los matrimonios entre personas del mismo sexo es obstaculizado por sectores ultra conservadores de la sociedad y la iglesia católica, principalmente, por lo que hoy el recurso de amparo todavía es requisito indispensable para concretar un matrimonio igualitario.

Concluyó apuntando que “la resolución del máximo tribunal de la nación representa un avance histórico para el reconocimiento de los derechos de la diversidad sexual y por lo tanto obliga a todas las entidades federativas a cambiar la legislación para que el matrimonio igualitario sea reconocido sin ningún tipo de discriminación”.

El punto de acuerdo se turnó a la Primera Comisión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para su análisis y posterior dictamen.

 

 

 

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