Respeto a la Constitución y a las familias diversas / Milenio


En México hay una gran diversidad de familias; resulta absurdo querer imponer un solo concepto. Las leyes reconocen esta pluralidad, porque cuando dejan de fundarse en la realidad, resultan obsoletas.

El debate sobre los derechos de las mujeres a decidir sobre su cuerpo no es nuevo, está implícito en las luchas de las mujeres por el sufragio de los siglos XIX y XX al enfrentarse con el sistema patriarcal arcaico que se asombraba por la escandalosa y estrambótica ocurrencia de “esas señoras” que descuidaban su responsabilidad inherente a su condición natural: atender a sus maridos y criar a su familia “como debe de ser”. Pareciera que han quedado en la historia cuestionamientos como “el de por qué tenemos que conceder potestades a la mujer cuando evidentemente se deja llevar siempre por la emoción y la irreflexión”.

La exigencia del reconocimiento del voto es la punta del iceberg: tomar decisión sobre los asuntos del Estado, votar, ser votadas, gozar la misma alimentación que los niños, tener educación, aspirar al mismo desarrollo que los hombres y a decidir nuestro proyecto de vida, escoger con quienes nos casamos o no, gozar de un trabajo remunerado y ganar el mismo salario que los hombres respecto a trabajo igual, y no ser liquidadas por la condición de embarazo. Y, a partir de la gran revolución del invento de la pastilla anticonceptiva, ejercer el derecho a decidir el número de hijos o hijas y el espaciamiento entre ellos vindicando nuestros derechos reproductivos y sexuales.

La sexualidad de las mujeres, a partir de este gran evento científico, no está constreñida a la reproducción o, incluso, devastada como acontece en los estados religiosos con la mutilación del clítoris de las niñas. Los derechos sexuales de las mujeres son trascendentales y se fundan en el ejercicio libre de nuestra sexualidad, que no tiene por qué ser diferente a la de los hombres.

Estos apuntes están inscritos en el artículo cuarto constitucional.

La deconstrucción del concepto “familia” está inscrito en el avance dinámico de las sociedades: se constituyen diversas formas de familias como tan diversa es su composición; esta realidad se impone por encima del pensamiento ideológico, político y religioso de las tres religiones abrahámicas monoteístas básicas: islámicas, judías y cristianas. Y las mujeres, por nuestra condición de ser mujeres en estas creencias filoreligiosas, hemos sido constreñidas a un ámbito doméstico, de servidumbre al jefe del clan padre, marido e hijo; es el paterfamilias del derecho romano, dueño de todo el patrimonio, por lo tanto de las mujeres y los menores.

Apenas, hace menos de un siglo, prevalecía el pensamiento medieval de que las mujeres “no teníamos alma, apenas una máquina para producir hijos”, como decía Napoleón.

El androcentrismo se explica en toda su relevancia en cada acción delestablishment y en la reacción fundada de las mujeres a ser insumisas, emancipadas, insurrectas y empoderadas para ser reconocidas como sujetas de derechos, simplemente por ser humanas. Esto causa escozor al pensamiento androcéntrico.

¡Pero estamos en el siglo XXI! Y la SCJN dirimió frente al proceso de inconstitucionalidad emprendido por la PGR con Felipe Calderón y la CNDH, al considerar la decisión de la Asamblea Legislativa del DF de aprobar reformas en materia de interrupción legal del embarazo hasta 12 semanas de gestación, dentro de los parámetros internacionalmente establecidos, como mínimos de protección y garantía;  y con un sentido de progresividad, el derecho a la vida debe ser regulado por el legislador nacional de conformidad con sus competencias y facultades.

Ningún instrumento internacional de derechos humanos aplicable en el Estado mexicano reconoce el derecho a la vida como un derecho absoluto, ni exige un momento específico para el inicio de la protección de ese derecho y, tan solo, exigen que se cumplan y respeten las garantías relacionados con la no privación arbitraria de la vida y las vinculadas con la aplicación de la pena de muerte. El Código Penal del DF sanciona el aborto después de las 12 semanas; el legislador busca con este precepto dejar claro que la mujer no puede disponer del proceso de gestación de un producto a partir de la semana 12. Siempre, en nuestra cultura, se ha privilegiado la vida de la madre por encima del producto, cuando ésta se encuentra en peligro de vida se decide ponderar el mal menor. Qué decir de cuando resulta embazada después de una violación.

Por otro lado, en l990 la OMS retira de su catálogo de enfermedades mentales a la homosexualidad. Quienes tienen diversa orientación sexual a la heterosexual, quienes integran la comunidad LGBTTTI, son personas iguales y tan diferentes y auténticas como pueden serlo las que gustan de su sexo opuesto. No tendrían por qué ser impedidas de sus derechos en tanto son personas y, además, ¡pagan impuestos¡ y son acreedoras de todas las obligaciones que el Estado nos impone a todo el mundo, independientemente de cualquier condición, como lo señala el artículo uno constitucional.

En un estado de derecho se debe respetar la libertad de pensamiento, credo o religión, o filosofía. Este derecho humano cobró millones de víctimas que eran perseguidas por su particular forma de pensar. Todas las personas, por el solo hecho de serlo, somos libres e iguales desde que nacemos y hasta que morimos. Por lo tanto, cualquier pareja o matrimonio sea heterosexual, es decir compuesto por mujer y hombre, o por dos madres o por dos padres unidos por su amor mutuo; o por una abuela y una nieta, o cualquier conformación de unión entre personas que se apoyan mutuamente y deciden constituirse en un hábitat, en un solo domicilio donde se asumen obligaciones y responsabilidades comunes, son una familia, que guste o no, termina imponiéndose en las estadísticas de población.

Hoy en México hay tal diversidad de familias que resulta absurdo querer imponer un solo concepto de familia. Y las leyes poco a poco reconocen esta diversidad, porque cuando dejan de fundarse en la realidad, resultan obsoletas.

Reafirmo que cada quien tiene derecho a pensar como quiera. Lo que no puede ser es imponer su pensamiento a las otras. Quienes piensan que hay que regresar a pensamientos fascistas que se fundan en el exterminio de los diversos, tienen un acotamiento: la regla fundamental de nuestra nación, que es la constitucional. Por eso, en el Senado es inadmisible que se instaure una comisión que quiera imponer un solo concepto de familia o denostar a quienes aspiran a formar una siendo sexualmente diversos, o negar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Su ímpetu simplemente contraviene la Constitución. Mensaje con todo respeto al senador José María Martínez.