Este día el Senador Armando Ríos Piter presentará ante la Comisión Permanente, la iniciativa por la que se expide la Ley General en Materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción, que responde a la visión del Grupo Parlamentario del PRD sobre que uno de los principales elementos que debe contener la política de Estado es enfrentar este flagelo, y contar con un órgano especializado en investigar y perseguir los delitos en la materia.
En la iniciativa Ríos Piter asegura que el órgano responsable de combatir la corrupción debe romper con el paradigma de las instituciones tradicionales, y ponerse a la vanguardia a nivel internacional, por lo que se deberán maximizar las herramientas establecidas en la reforma constitucional para combatir esta enfermedad que contamina cada vez más el sistema político, económico y de gobierno, así como las prácticas de las y los mexicanos.
Mediante la elección democrática del titular del órgano constitucional y la conformación de un Consejo plural, se pretende garantizar que las acciones del órgano de combate a la corrupción estén en observación y constante evaluación ciudadana.
En ese sentido, el objetivo de esta iniciativa es reglamentar lo relativo al órgano responsable de combate a la corrupción en los términos del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Primera, con opinión de las Comisiones de Gobernación y de Anticorrupción y Participación Ciudadana. La propuesta establece lo siguiente:
· La Ley General en materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción. La cual tiene como objeto el combate a la corrupción y el debido cumplimiento de las obligaciones relativas al servicio público.
· El funcionamiento del Instituto Nacional para el Combate a la Corrupción como órgano responsable de encabezar las acciones del Estado en el combate a la corrupción. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
· El Registro Público de declaración patrimonial y de intereses de los Servidores Públicos Federales. El cuál será llevado por el Instituto para el Combate a la Corrupción, y se le dará seguimiento a la situación de los servidores públicos de las dependencias y entidades, así como de las personas físicas y morales que reciban o apliquen recursos públicos federales, de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto.
· El mecanismo de nombramiento del titular de la Fiscalía Especializada en investigar y perseguir los delitos de Corrupción, que consiste en el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República.
· El mecanismo de nombramiento de los Consejeros representantes ciudadanos del Consejo Consultivo del Instituto Nacional para el Combate a la Corrupción, el cual será a propuesta de las organizaciones de la sociedad civil y las universidad nacionales y elegidos por el Senado de la República.
· Las responsabilidades administrativas, sanciones y penas aplicables a los servidores públicos con motivo del incumplimiento de sus obligaciones que resulte en hechos de corrupción;
· Las responsabilidades administrativas, sancionesy penas aplicables a las personas físicas o morales que se involucren o beneficien con hechos de corrupción;
· Determina las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas responsabilidades, sanciones y penas.
Dado que la corrupción es uno de los problemas que más afecta la democracia y la deslegitima ante la ciudadanía, la lucha contra ella debe ser una de las metas fundamentales, “si no la combatimos de manera profunda, con todos los instrumentos y en todos los ámbitos seguiremos en la aspiración constante hacia un modelo de país con estabilidad económica, social y política que sin duda alguna nos será imposible alcanzar” refirió el senador guerrerense.